SAP Toledo 396/2004, 2 de Noviembre de 2004

JurisdicciónEspaña
Fecha02 Noviembre 2004
Número de resolución396/2004

SENTENCIA

Visto el presente recurso de apelación civil, Rollo de la Sección núm. 55 de 2004, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 4 de Talavera de la Reina, en el juicio Verbal núm. 365/03 , en el que han actuado, como apelantes Plácido y Antonieta , representados por el Procurador de los Tribunales Sr. Sánchez Calvo; y como apelado Elvira , representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. López Blanco y defendida por el Letrado Sr. Camacho García de Muro.

Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Magistrado D. ALFONSO CARRIÓN MATAMOROS, que expresa el parecer de la Sección, y son,ANTECEDENTES:

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 4 de Talavera de la Reina, con fecha 27 de Octubre de 2003, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Que desestimando íntegramente la demanda formulada por la representación de D. Plácido y Dña. Antonieta , contra Dña. Elvira , debo absolver y absuelvo a la demandada de las pretensiones contra ella deducidas, imponiendo expresamente a la parte actora las costas procesales causadas."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución y por Plácido y Antonieta , dentro del término establecido, tras anunciar la interposición del recurso y tenerse por interpuesto, se articularon por escrito los concretos motivos del recurso de apelación, que fueron contestados de igual forma por los demás intervinientes, con lo que se remitieron los autos a ésta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo, quedando los autos vistos para deliberación y resolución.-SE REVOCAN los fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cuanto no se entienden ajustados a derecho y en todo lo que contradigan a la presente resolución, si bien se ratifican los antecedentes de hecho, que relatan la dinámica procesal, por lo que, en definitiva, son

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de Plácido y Antonieta recurre la sentencia dictada en primera instancia alegando varios motivos en su recurso.

Antes de proceder al estudio de los motivos interpuestos, hay que decir que las alegaciones que se efectúan en el escrito de oposición al recurso por la representación de la parte demandada son del todo impropias, desde el momento que se limita en su escrito a volver alegar la excepciones propuestas sin que haya recurrido la sentencia dictada, en la que se desestimaban dichas excepciones.

Entrando en el fondo del recurso presentado, como primer motivo se alega la infracción del art.1454 del CC .

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