SAP Melilla 36/2007, 7 de Junio de 2007
Ponente | JUAN RAFAEL BENITEZ YEBENES |
ECLI | ES:APML:2007:139 |
Número de Recurso | 24/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 36/2007 |
Fecha de Resolución | 7 de Junio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Melilla, Sección 7ª |
SENTENCIA Nº 36
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
D. José Luís Martín Tapia
MAGISTRADOS:
D. Mariano Santos Peñalver
D. Juan Rafael Benítez Yébenes
En Melilla a siete de junio de dos mil siete.-La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga con sede permanente en Melilla, constituida por los Magistrados que arriba se expresan, ha visto los autos de Juicio Ordinario nº 29/06, sobre Protección de Derechos Fundamentales, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº Tres de esta Ciudad, en virtud de demanda formulada por la Procuradora Dª Concepción Suárez Morán, en nombre y representación de D. Pedro Francisco , bajo la dirección de la Letrada Dª Mª José Aguilar Silveti, contra Dª Nuria representada por el Procurador D. José Luís Ybancos Torres dirigido por la Letrada Dª María Paz Ojeda Jiménez, con la intervención del MINISTERIO FISCAL; cuyos autos han venido a este Tribunal en virtud de Recurso de Apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada en la precitada instancia judicial; siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Juan Rafael Benítez Yébenes.
Se aceptan y dan por reproducidos los de la Sentencia apelada.
En el proceso de referencia el día once de octubre de dos mil seis se dictó sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:
Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda de juicio ordinario en ejercicio de acciónde protección del derecho al honor, intimidad y propia imagen interpuesta por la Procuradora Sra. Suárez Morán en representación de D. Pedro Francisco contra Dña. Nuria , representada por el Procurador Sr. Ybancos Torres, absolviendo a la demandada de la totalidad de los pedimentos efectuados en su contra, con expresa condena en costas para el actor.
Contra dicha resolución la Procuradora Dª Concepción Suárez Morán, en la representación acreditada del demandante D. Pedro Francisco , interpuso recurso de apelación alegando incorrecta valoración y apreciación de la prueba e incorrecta aplicación de la teoría y jurisprudencia aplicable al caso, que las expresiones de la demandada exceden de lo admisible en una crítica política; que ha existido una intromisión en el derecho al honor del demandante pese a encontrarnos en el ámbito de personajes públicos, que nada ha de decir sobre la crítica a las dietas que otorga la Ciudad Autónoma, pero sí al mensaje que realiza Dª Nuria que no es otro que la utilización de dichas dietas por parte del actor para pasar unos días en Madrid a costa de los melillenses utilizando dinero público, y tras exponer cuantos argumentos tuvo por convenientes, terminó suplicando que se revoque la sentencia de instancia dictándose resolución estimatoria de las pretensiones de esa parte.
Admitido a trámite, se dio traslado a las demás partes personadas a efectos de oposición al recurso o, en su caso, impugnación de la resolución apelada.
A tal efecto, por el Ministerio Fiscal se presentó escrito oponiéndose al recurso de apelación interpuesto por el actor, alegando dicho Ministerio que las expresiones proferidas por la demandada no son integradoras de una afrenta al honor del demandante pues han de ser valoradas en el curso de una confrontación política entre dos personas públicas, por lo que interesó la confirmación de la sentencia recurrida.
Por su parte, el Procurador Sr. Ybancos, en nombre y representación de la demandada, presentó también escrito de oposición al recurso del actor alegando que no ha existido intromisión en el derecho al honor del actor; que resulta lógico que la portavoz de la oposición Sra. Nuria pida explicaciones y elabore critica...
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