SAP Valencia 730/2002, 18 de Noviembre de 2002
Ponente | MARIA FE ORTEGA MIFSUD |
ECLI | ES:APV:2002:6438 |
Número de Recurso | 772/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 730/2002 |
Fecha de Resolución | 18 de Noviembre de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª |
SENTENCIA Nº 730
SECCIÓN OCTAVA
Ilustrísimos Señores:
Presidente,
D. Eugenio Sánchez Alcaraz
Magistrados
Dña. Rosa María Andrés Cuenca
Dña. Mª Fe Ortega Mifsud
En la ciudad de Valencia, a dieciocho de Noviembre de dos mil dos.
Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente la Iltma. Sra. Dña. Mª Fe Ortega Mifsud, los autos de Juicio de Desahucio, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia n° 3 de Catarroja, con el n° 46/01, por Dña. Lidia , contra Dña. Regina , sobre "resolución contrato arrendamiento", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por Dña. Lidia .
La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de Primera Instancia n° 2 de Catarroja, en fecha 2 de Mayo de 2002, contiene el siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por la representación de Dña. Lidia declaro no haber lugar a la resolución por falta de pago del contrato de arrendamiento del inmueble sito en la CALLE000 celebrado entre la parte actora y la demandada Dña. Regina con imposición de las costas a la parte actora"..
Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Dña. Lidia , admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta, Audiencia, donde oportunamente se tramitó la alzada, señalándose para su Deliberación y Votación el día 13 de Noviembre de 2002.
Se han observado las prescripciones y formalidades legales.
La sentencia de instancia desestimó íntegramente la demanda formulada por Doña. Lidia encaminada a la obtención de un pronunciamiento resolutorio del contrato de arrendamiento de vivienda y el consiguiente desahucio por entender el juzgador de instancia que ni el impago del IBI ni los recibos de agua se integran dentro del concepto de renta y que por si solos no pueden fundamentar la resolución contractual, y esta resolución ha sido recurrida en apelación por la parte actora.
La disposición Transitoria Segunda C.10 y esta ultima en sus puntos 2 y 5 establece el derecho del arrendador a exigir del arrendatario la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y el importe de los servicios y suministros que corresponda al inmueble arrendado salvo que " por pacto expreso entre las partes todos...
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SAP Valencia 693/2005, 25 de Noviembre de 2005
...no siendo lógico pensar que su impago no permite acudir a la resolución del contrato"." En igual sentido la SAP Valencia, Sección 8ª de 18-11-2002( núm. 730/2002, rec. 772/2002 . Pte: Ortega Mifsud, María En consecuencia esta Sección siguiendo pues el contenido de las resoluciones precedent......