STSJ Comunidad de Madrid 20711/2008, 29 de Octubre de 2008

PonenteJOSE LUIS LOPEZ-MUÑIZ GOÑI
ECLIES:TSJM:2008:20634
Número de Recurso559/2006
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución20711/2008
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 20711/2008

RECURRENTE: Pharma Mar S.A.

PROCURADORA: doña Dolores Tejero García-Tejero

DEMANDADO Administración General del Estado

SOBRE:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

PROGRAMA DE ACTUACION POR OBJETIVOS

APOYO A LA SECCION QUINTA

RECURSO Nº 559/2006 SECCIÓN QUINTA

S E N T E N C I A Nº 20711/08

ILMOS. SRES.:/

MAGISTRADOS/

Dº. JOSE LUIS LOPEZ MUÑIZ GOÑI/

Dº. JESÚS GARCIA PAREDES/

Dº JOSE RAMON GIMENEZ CABEZON/

En la Villa de Madrid a veintinueve de octubre de dos mil ocho.

Visto el presente recurso contencioso- administrativo número 559/2006 cuyo conocimiento ha correspondido a esta Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, e interpuesto por el Procurador de los Tribunales doña Dolores Tejero García-Tejero en representación de Pharma Mar S.A., contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 20 de diciembre de 2005 por la cual se desestiman las reclamaciones 28/15581/02 y la 18001/02 y se estima la reclamación 19634/02; se ha personado la Administración General del Estado representada y defendida por el Abogado del Estado. Ha sido ponente el señor don JOSE LUIS LOPEZ MUÑIZ GOÑI.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites previstos en la ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, dándose cumplimiento a este trámite dentro de plazo, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia por la que se revoque la resolución impugnada y en su virtud se estime la pretensión formulada en la reclamación 28/18001/02 se anule el acuerdo de la Oficina Técnica y se reconozca el derecho a prestar conformidad a la nueva liquidación practicada, y gozar así de la reducción legal del 30% del importe de la sanción impuesta.

SEGUNDO

El Abogado del Estado, contesta a la demanda, suplicando, se dicte sentencia confirmatoria de las resoluciones impugnadas por considerarlas ajustadas al ordenamiento jurídico.

TERCERO

Quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

En este estado se señala para votación y fallo el día 20 de octubre de 2008, lo que tuvo lugar. En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales

QUINTO

El orden de despacho y decisión de este proceso resulta de dar cumplimiento al acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 18 de diciembre de 2007, que confirió comisión de servicios, sin relevación de funciones, en la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a los Magistrados que se citan en el encabezamiento de esta Sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La resolución impugnada es la referenciada en el encabezamiento de esta sentencia, y si bien en principio se impugnaban tres resoluciones por distintos motivos, la resolución del TEAR de Madrid impugnada, estimó la reclamación 19634/02, y de las dos restantes,...

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