SAP Madrid 537/2008, 15 de Octubre de 2008

PonenteCARLOS CEZON GONZALEZ
ECLIES:APM:2008:16624
Número de Recurso502/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución537/2008
Fecha de Resolución15 de Octubre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 13

MADRID

SENTENCIA: 00537/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 13

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 3971921 Fax: 3971998

N.I.G. 28000 1 7034382 /2007

Rollo: RECURSO DE APELACION 502 /2007

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 312 /2006

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 3 de ARANJUEZ

De: Concepción

Procurador: RAQUEL NIETO BOLAÑO

Contra: Isabel

Procurador: Frida

Ponente: ILMO. SR. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO

Ilmo. Sr. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ

Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO

SENTENCIA

En Madrid, a quince de octubre de dos mil ocho. VISTO por esta Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de

Madrid el presente incidente de impugnación de tasación de costas por partidas indebidas promovido por Doña Concepción, representada por la procuradora de los tribunales Doña Raquel Nieto Bolaño, en el rollo de sala de este Tribunal número 502/07, dimanante del juicio ordinario 312/06 del Juzgado de Primera Instancia número Tres de los de Aranjuez, habiendo solicitado la tasación Doña Isabel, representada por la procuradora de los tribunales Doña Frida, y siendo ponente el Ilmo. Sr. magistrado Don CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ. I.- ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO APARTADO. Con fecha 30 de julio de 2008 se practicó por la Sra. Secretaria Judicial la tasación de costas causadas en la segunda instancia del presente procedimiento de 312/06 del Juzgado de Primera Instancia Tres de los de Aranjuez, seguido a instancia de Doña Concepción contra Doña Isabel, siendo impugnada la misma por la parte condenada al pago, Doña Concepción, por considerar indebidas todas las partidas de la tasación (honorarios de abogada y derechos de procuradora), al tener reconocido el beneficio de justicia gratuita desde el 29 de noviembre de 2005. Asciende la tasación a 1.870,86 euros.

Tras sustanciar la impugnación con audiencia de la parte solicitante de la tasación, sin que se propusiese prueba ni se interesase celebración de vista, se señaló para deliberación votación y fallo el día 15 de octubre de este año.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO APARTADO. Es doctrina reiterada de esta Sala, seguida entre otras resoluciones por los autos de 2 de noviembre de 2005 y de 14 de febrero de 2003 (rollos 245/05 y 550/02) y las que se citan en la primera de ellas (véase también Tribunal Supremo, Sentencia de 30 de abril de 2002, "la...

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