SAP Madrid 530/2008, 19 de Noviembre de 2008

PonenteANA MARIA PEREZ MARUGAN
ECLIES:APM:2008:17465
Número de Recurso388/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución530/2008
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 3ª

Dª GRACIA CASTRO VILLACAÑAS PEREZ

SECRETARIA DE SALA

R. APELAC: 388/2008

J. ORAL: 244/08

JUZGADO PENAL Nº 21 DE MADRID

SENTENCIA 530

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

ILTMOS. SRES. DE LA SECCION TERCERA

D JUAN PELAYO GARCÍA LLAMAS

Dª PILAR ABAD ARROYO

Dª ANA MARÍA PÉREZ MARUGAN

En Madrid, a 19 de noviembre de 2008.

VISTOS por esta Sección tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, en Audiencia pública y en grado de apelación, el juicio Oral Nº 244/08 procedente del Juzgado de lo Penal nº 21 de Madrid y seguido por un delito de contra la seguridad del trafico, siendo partes en esta alzada como apelante el Ministerio Fiscal y como apelado Jose Pedro y Ponente Dª ANA MARÍA PÉREZ MARUGAN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el indicado Juzgado de lo Penal Nº 21 de Madrid se dictó sentencia el 27 de Mayo de 2008, que contiene los siguientes Hechos Probados: "Resulta probado y especialmente se declara que, el acusado Jose Pedro, mayor de edad y condenado el 3 de Mayo del 2007 por un delito contra la seguridad del tráfico por el Juzgado de Instrucción nº 24 de Madrid a la EPNA de cuatro meses de multa con una cuota diaria de 6 euros, con la responsabilidad personal del art. 53, y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotor por 8 meses.

El día 23 de Abril del 2008, sobre las 01,05 horas circulaba por la glorieta de Piedrahita del cebrero en dirección a la avenida de Betanzos con el vehículo ....-HVR, tras haber ingerido bebidas alcohólicas.

Al acusado se le realizó la prueba de alcoholemia arrojando un resultado positivo de 0,81 y 0,77 mg de alcohol por libro de aire espirado.

Presentaba síntomas tales como olor a alcohol, ojos brillantes y enrojecidos, habla repetitiva y deambulación vacilante".

Y cuyo fallo contenía "QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO A Jose Pedro como autor de un delito contra la seguridad vial, concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia a la pena de MULTA de NUEVE MESES Y QUINCE DÍAS con una cuota diaria de CUATRO EUROS, 65 DÍAS DE TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD Y privación del derecho a conducir vehículos a motor durante DOS AÑOSY SEIS MESES y a las costas.

En caso de impago de la multa impuesta el condenado quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas.

SEGUNDO

Notificada la sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el Ministerio Fiscal, que fue admitido en ambos efectos y del que se confirió traslado por diez días a las demás partes para que pudieran adherirse o impugnarlo.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial se formó el correspondiente rollo de apelación, y se señaló día para la deliberación y resolución del recurso el día de ayer.

  1. HECHOS PROBADOS

Se aceptan los que como tales figuran en la sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

_ El recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la sentencia condenatoria dictada en la presente causa de fecha 27 de Mayo de 2008 bajo el epígrafe de infracción de precepto legal por inaplicación del artº 47 último párrafo del Código Penal .

La sentencia condena a la pena de multa de nueve meses y quince días con una cuota diaria de cuatro euros, 65 días de trabajos en beneficio de la comunidad y privación del...

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