SAP Huesca 280/1994, 14 de Octubre de 1994

PonenteSANTIAGO SERENA PUIG
Número de Recurso182/1994
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución280/1994
Fecha de Resolución14 de Octubre de 1994
EmisorAudiencia Provincial - Huesca

Rollo civil nº 182/94 (B) S141094.08S

Cognición nº 276/92 de Barbastro

Sentencia Apelación Civil Número 280

PRESIDENTE *

D.RAMIRO SOLANS CASTRO *

MAGISTRADOS *

D.SANTIAGO SERENA PUIG *

D.GONZALO GUTIÉRREZ CELMA *

*

En la Ciudad de Huesca, a ca-torce de octubre de mil novecientos noventa y cua-tro.

Vistos en nombre del Rey por esta Au-dien-cia Pro- vincial, en grado de apela-ción, los autos segui-dos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instruc-ción de Barbastro, como autos de Tercería de Mejor Derecho, tramitado por juicio de cognición regis-trado al número 276/92 , pro-movido por Banco Central Hispanoamericano, S.A. como demandan-te, con-tra Tomás y Mercedes , esta última declarada en situación procesal de rebeldía, como demanda-dos; pendientes ante esta Audiencia Provin-cial en virtud del pre-sente recurso de apela-ción, trami-tado al número 182 del año 1994(B) e interpuesto por el ci-tado demandante, en el que actúa como Ponente el Ilmo. Sr. Magis-trado don SANTIAGO SERENA PUIG,- quien expresa el pare-cer de esta Sala sobre la resolu-ción que merece el presen-te recurso-, en el que aparecen y son de aplicación los si-guien-tes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Aceptamos y damos por reproducidos los señalados en la resolución impugnada.

SEGUNDO

El indicado Juzgado de Primera Instancia, en el proce-dimiento anteriormente circunstanciado, dictó la Sentencia recurrida cuya parte dispositiva es del siguiente tenor lite-ral: "Fallo.- Que desestimando íntegramente la demanda de tercería de mejor derecho instada por Banco Central Hispanoamericano S.A. representada por la Procuradora Sra. Rodelgo, contra Tomás , representado por la Procuradora Sra. Mora y contra Mercedes , debo absolver y absuelvo a estos últimos de las pretensiones deducidas de contrario con imposición de costas a la parte actora".

TERCERO

Notificada la indicada Sentencia a los interesados, interpuso la demandante el presente recur-so de apelación, solici-tando que se dicte Sentencia por la que estimando el presente recurso, se revoque la Sentencia del Juzgado y se declare el mejor derecho y preferencia del crédito a favor del Banco Central Hispanoamericano, S.A., según dejó interesado en el suplico del escrito de demanda, que deberá estimarse en todas sus partes; dicho recurso fue admitido, dándose traslado a la parte contra-ria por un plazo de cinco días para que pudiera impugnarlo, en cumpli-miento de lo regulado en el artículo 62 del Decreto de 21 de Noviembre de 1952 , trámite que fue utilizado por la parte apelada, pidiendo la desestimación del recurso y la confirmación de la sentencia rebatida, elevándose seguidamente los autos a esta Sala, en la que quedaron registra- dos al número 182/1994(B), procediéndose a la deliberación de esta resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El problema suscitado en el recurso estriba en determinar si existe preferencia de la recurrente para hacerse pago de su crédito con el importe obtenido de los bienes inmue-bles embarga-dos a Mercedes , crédito consistente en una póliza de préstamo concer-tado el 26 de abril de 1.984, del que la señora Mercedes era fiadora, por lo cual se le siguió un juicio ejecutivo concluido por sentencia de 23 de diciembre de 1.985, y el de...

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