SAP Guadalajara 236/1997, 13 de Octubre de 1997
Ponente | ARACELI TORRES GARCIA |
Número de Recurso | 396/1996 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 236/1997 |
Fecha de Resolución | 13 de Octubre de 1997 |
Emisor | Audiencia Provincial - Guadalajara |
SENTENCIA Nº 236 Ilmos. Sres.
Presidente:
D. VÍCTOR MANUEL SANZ PÉREZ
Magistrados:
Dª Mª ANGELES MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ
Dª ARACELI TORRES GARCÍA
GUADALAJARA, a trece de Octubre de mil novecientos noventa y siete VISTO en grado de apelación ante esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Verbal Nº 6/96 procedentes del Juzgado de Sigüenza, a los que ha correspondido en esta alzada el Rollo nº 396/96, en los que aparece como parte apelante Andes Tejel S. A. representado por la Procuradora Dª Mª Jesús de Irizar Ortega y dirigido por el Letrado Dª. Francisco Javier de Irizar Ortega, y como apelado Cía de Seguros Plus Ultra dirigido por la Letrado Dª. Asunción Abad Zahonero, versando sobre impugnación de tasación de costas por indebidas, y siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª ARACELI TORRES GARCÍA .
Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.
En fecha 18 de marzo de 1997 se dictó Sentencia , en cuya parte dispositiva se establece:
Que desestimando el recurso interpuesto frente a la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia de Sigüenza en los autos de juicio verbal nº 6/96 , debemos confirmar y confirmamos dicha resolución, imponiendo al apelante las costas de esta alzada.
Notificada dicha resolución a las partes por la representación de Plus Ulstra Cía de Seguros, se solicitó la tasación de costas aportando minuta de Letrado, practicada la misma y dada vista a las partes, fue impugnada por la representación de Andrés Tejel S A por considerarla indebida, dándose traslado a la parte contraria que formuló alegaciones solicitando se desestimase el incidente planteado, quedando los autos para dictar resolución., se interpuso recurso de apelación contra la misma; admitido el mismo, emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, llevándose a efecto la vista del mismo el pasado día con el resultado que obra en el acta.
La tasación de costas practicada en el presente rollo de apelación es impugnada por la parte apelante, alegando que son indebidos los honorarios de la Letrada D» Asunción Abad Zahonero, que se han incluido en la referida tasación. Se basa quien impugna en que "es criterio de esta Sala la exclusión de la minuta...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Ávila 154/1998, 24 de Junio de 1998
...supondría privilegiar a los residentes, respecto de los no residentes, tal y como se pronunció la Sentencia de la Audiencia Provincial de Guadalajara de fecha 13 de Octubre de 1997 y de La Coruña de 8 de Octubre de 1997 Invocó que la finalidad del precepto recogido en el art. 11-2 de la LEC......