SAP Málaga 718/2004, 11 de Junio de 2004

PonenteRAFAEL CABALLERO-BONALD CAMPUZANO
ECLIES:APMA:2004:2804
Número de Recurso1113/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución718/2004
Fecha de Resolución11 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 5ª

SENTENCIA Nº 718

AUDIENCIA PROVINCIAL MALAGA

Sección 5ª

PRESIDENTE ILMO. SR.

D.HIPOLITO HERNANDEZ BAREA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

Dª.INMACULADA MELERO CLAUDIO

D.RAFAEL CABALLERO BONALD

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZG. DE 1ª INSTANCIA 6 DE MALAGA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 1113/2003

JUICIO Nº 463/2003

En la Ciudad de Málaga a once de junio de dos mil cuatro.

Visto, por la Sección 5ª de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Filiación (N) seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Sofía que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por el Procurador Dª. ARIAS DOBLAS MARIA DEL MAR . Es parte recurrida M. FISCAL y Germán que está representado por el Procurador Dª AMALIA CHACON AGUILAR , que en la instancia ha litigado como parte demandante.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 15 de septiembre de 2003 , en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que Debo declarar y declaro que D. Germán es padre de la menor Sofía , inscrita en la Sección Primera del Registro Civil de Málaga al Tomo NUM000 , folio NUM001 , debiéndose expedir la oportuna comunicación al Registro Civil una vez firme esta resolución, e imponiendo a la demandada el pago de las costas causadas en la instancia.

Se atribuye a la madre la guarda y custodia de la hija menor, siendo compartida la patria potestad entre los dos progenitores.

El actor abonará la cantidad mensual de ciento cincuenta (150)Euros mensuales en concepto de alimentos para la hija, a abonar por meses anticipados en los cinco primero día sde cada mes, en la cuentaque al efcto se designe por la demandada, y que se acutalizará anualmente, de forma automática, conforme a las variaciones que experimento el indice de precios al consumo fijado por el instituto nacional de estadistica.

Las medidas que aqui se establecen quedaran sin efecto si en el plazo de treinta días desde su firmerza no se interpone la correspondiente demanda para la regulación de la guarda y custodia y la determinación de la prestación alimenticia".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 10 de junio de 2004 quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL CABALLERO BONALD quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de la apelante basa el recurso interpuesto en la incorrecta valoración del material probatorio realizada en la instancia, ya que el estudio genético efectuado por el centro hospitalario carece de la fiabilidad necesaria para declarar en función de su contenido la identidad biológica de una persona. Por lo demás, no se debió condenar a la recurrente al abono de las costas causadas, puesto que no cabe apreciar en su conducta la existencia de temeridad o mala fe.

SEGUNDO

En orden a resolver el recurso de apelación interpuesto, es preciso comenzar afirmando la corrección de los razonamientos jurídicos contenidos en la sentencia dictada relativos a los criterios que deben ser seguidos a la hora de interpretar las normas relativas a la carga de la prueba, y la preponderancia que en esta clase de procedimientos hay que conceder al interés superior de los hijos, en atención al carácter de orden público de las materias afectadas y a la trascendencia que en el...

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