SAP Ciudad Real 86/2014, 10 de Julio de 2014

PonenteIGNACIO ESCRIBANO COBO
ECLIES:APCR:2014:719
Número de Recurso99/2014
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución86/2014
Fecha de Resolución10 de Julio de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

CIUDAD REAL

SENTENCIA: 00086/2014

Rollo de Apelación Juicio de Faltas 99/2.014.

Órgano de procedencia: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 2 DE DAIMIEL.

Procedimiento de origen: Juicio de Faltas 68/2.013.

SENTENCIA 86/2014

En Ciudad Real, a diez de Julio de dos mil catorce.

Vistos por el Iltmo. Sr. DON IGNACIO ESCRIBA NO COBO, Magistrado de la Sección Segunda de la Iltma. Audiencia Provincial de Ciudad Real, los precedentes autos de Juicio de Faltas, procedentes del Juzgado de Instrucción nº 2 de Daimiel, seguidos bajo el número 68/2.013, por falta de lesiones, actuando como apelante Higinio y como impugnante el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el meritado Juzgado de Instrucción se dictó sentencia con fecha veintiuno de Febrero de dos mil catorce, cuyo antecedente de hechos probados es del tenor literal que figura en la misma.

En dicha sentencia, acabó pronunciándose el siguiente fallo : "Que debo condenar y condeno a Higinio como autor responsable de una falta de lesiones cometida sobre Caridad, a la pena de treinta días de multa con cuota diaria de siete euros (en total 210 euros), con quince días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago; y a que indemnice a Caridad en la cantidad de 450 euros por los daños y perjuicios causados, con el interés legal previsto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la presente resolución; y con imposición de las costas procesales que, en su caso, se hubiese generado".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación para ante esta Audiencia, mediante escrito en el que se exponían las razones de la impugnación y se terminaba solicitando la revocación parcial del fallo recurrido. De dicho escrito el Juzgado confirió traslado a las demás partes por el término de 10 días presentándose escrito de impugnación por el Ministerio Fiscal y, finalmente, el Juzgado elevó las actuaciones a la Audiencia para la resolución que corresponda.

TERCERO

Que en la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.

HECHOS PROBADOS.

Se dan por reproducidos los hechos declarados probados en la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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