SAP Almería 299/2001, 11 de Octubre de 2001
Ponente | JOSE MARIA CONTRERAS APARICIO |
ECLI | ES:APAL:2001:1230 |
Número de Recurso | 151/2001 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 299/2001 |
Fecha de Resolución | 11 de Octubre de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Almería, Sección 2ª |
SENTENCIA Nº 299/200l
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
D. BENITO GALVEZ ACOSTA
MAGISTRADOS:
D. JOSE MARIA CONTRERAS APARICIO
D. MANUEL ESPINOSA LABELLA
En Almería a once de octubre de dos mil uno .
La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, rollo Nº l5l/200l , el Procedimiento Abreviado Nº 488/2000 , procedente del Juzgado de Lo Penal Nº l de Almería por delito de abandono de familia , siendo apelante Nieves cuyas circunstancias personales constan en la Sentencia impugnada, representado por Procurador /a D./Dª Eloisa Fuentes Flores y defendido por el Letrado D./ Dª Mª Carmen Rodríguez Ordoño y apelado Cristobal representado por el Procurador /a D./ Dª Juan García Torres y defendido por el Letrado D. /Dª. Begoña Caparrós Gómez siendo parte el Ministerio Fiscal y Ponente el Ilmo.Sr. Magistrado D. JOSE MARIA CONTRERAS APARICIO .
Se aceptan los de la Sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Lo Penal Nº l de Almería, en la referida causa se dicto Sentencia de fecha 29-l-200l , cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente: Que Cristobal , mayor de edad y sin antecedentes penales, se encuentra separado de su mujer Nieves , por sentencia de ll de marzo de l.994, si bien con fecha 22 de noviembre de l.993, ya se había dictado auto de medidas provisionales en el que se fijaba la obligación del acusado de abonar una pensión mensual de
40.000 pesetas a favor de los tres hijos habidos en el matrimonio. El acusado no ha abonado cantidad alguna desde noviembre de l.993 hasta julio de l.996.
El acusado ya fue juzgado por no abonar la referida pensión desde marzo de l.994 hasta julio de
l.996.
Dicha Sentencia contiene el siguiente fallo : Que debo condenar y condeno a Cristobal como autor de un delito ya definido de abandono de familia sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a doce fines de semana de arresto y al pago de las costa procesales.
Por la representación procesal de la referida se interpuso en tiempo y forma recurso deapelación mediante escrito de fecha l9-2-200l , en el que se fundamento la impugnación en base a los motivos que figuran en su escrito de recurso.
El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a las partes personadas interesando el Ministerio Fiscal la confirmación de la resolución recurrida.
Se elevaron las actuaciones a este Tribunal donde se han observado las prescripciones del trámite, señalándose el día l0 de octubre de 200l para votación y fallo y declarándose concluso para Sentencia.
HECHOS PROBADOS
UNICO.- Se aceptan y dan por reproducidos los que con tal naturaleza se describen en el correspondiente apartado de la sentencia recurrida.
La parte recurrente viene a disentir de la sentencia anteriormente...
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