ATSJ Cataluña , 19 de Junio de 2014

PonenteJOSE FRANCISCO VALLS GOMBAU
ECLIES:TSJCAT:2014:199A
Número de Recurso50/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución19 de Junio de 2014
EmisorSala de lo Civil y Penal

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA

Sala Civil y Penal

R. Casación núm. 50/2014

Part recurrent: Florencia

Procurador: Virginia Gómez Papí

Part recorreguda: Leon

Procurador: Gloria Maymó Edo

MINISTERI FISCAL

-Sec. 12a AP Bcn, Rotlle 927/12

-1a Inst. 17 Bcn, Guarda i custòdia 789/10

A U T O

Presidente:

Ilmo. Sr. D. José Francisco Valls Gombau

Magistrados:

Ilma. Sra. Dª. Mª Eugènia Alegret Burgués

Ilmo. Sr. D. Joan Manel Abril Campoy

Barcelona, 19 de junio de 2014.

Dada cuenta; presentados los anteriores escritos del Ministerio Fiscal y de las Procuradoras Sra. Virginia Gómez Papí y Sra. Gloria Maymó Edo, únanse a las actuaciones; y,

HECHOS

Único. Por la Procuradora Sra. Virginia Gómez Papí en representación de la Sra. Florencia se interpuso recurso de casación contra la Sentencia de fecha 18 de julio de 2013 dictada por la Sección 12ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, en el rollo de apelación núm. 927/12 . Por providencia de fecha 26 de mayo pasado, se dio traslado a las partes personadas sobre la posible causa de inadmisión del recurso interpuesto, habiendo efectuado las alegaciones que han considerado oportunas.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. José Francisco Valls Gombau.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Planteamiento del recurso.

  1. / El escrito de interposición del recurso de casación por interés casacional se deduce (FJ. 3º) por infracción de diversos preceptos relativos a la Ley 8/1995, de 27 de julio, y el art. 233 .8.3 del Código Civil de Cataluña (en adelante CCCat) señalando como núcleo jurídico la prevalencia del interés del menor que no ha sido tenido en cuenta, al acordar la supresión de la prohibición al menor para salir al extranjero, con la finalidad de visitar a su padre, ante un posible riesgo de no retorno del menor a España, y sin que se hayan fijado unas cautelas mínimas "... a favor de la seguridad del menor y su estabilidad emocional ante un desplazamientode éstas características (a Ecuador, donde se encuentra el progenitor, expulsado del territorio español, sin poder desplazarse para visitarlo, actualmente) ...". Añade, que el padre, no tiene ingresos conocidos y se desconoce como podrá realizar el viaje (acompañado o no con alguna persona -el menor nació en 25 de agosto de 2005- y quién costeará el viaje).

  2. / .- Por proveído de 26 de mayo de 2014 se señalaron por el Tribunal las posibles causas de inadmisibilidad al no fijar correctamente el núcleo jurídico que conforma el interés casacional y, en todo caso, prevaleciendo el interés del menor no se aprecia arbitrariedad, en la valoración de dicho interés, que ha de presidir las relaciones paterno-filiales.

  3. / Al dar traslado a las partes y al Ministerio Fiscal, éste último manifiesta que ha de inadmitirse el recurso ya que, en síntesis ".. en la sentencia recurrida se autoriza al menor a visitar a su padre, en vacaciones de Navidad y de verano, de nacionalidad ecuatoriana y residente en dicho país. No apreciándose en la resolución adoptada ningún elemento que sea contrario al interés del menor ..."

La contraparte se opone a la admisión del recurso por los mismos motivos señalados en la providencia, sin citarse correctamente la infracción legal, mientras que la recurrente sostiene que ha de prevalecer el interés del menor frente al derecho del padre a comunicar que:

" .. debe ceder ante el riesgo de que esta comunicación no permita, o no garantice suficientemente, el retorno con su otro progenitor ... pues no consta que tenga medios para garantizar ni la ida ni el retorno en condiciones de seguridad del menor. Doctrina que sin duda deberá tener en cuenta las prevenciones legales recogidas en el Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción Internacional de menores, creado en el marco de la Conferencia de la Haya de Derecho Internacional Privado .."

SEGUNDO

.- Inexistencia de núcleo jurídico. Interés del menor. Régimen de visitas. Prohibición de salida del territorio español.

En AATSJC 76/2013, de 27 de junio (examinando la salida al extranjero de unos menores, cuando la guarda ha sido atribuida al padre que reside, en España, sin perjuicio de la visita de la madre, priorizando el interés...

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