STSJ Comunidad de Madrid 1655/2008, 24 de Octubre de 2008
Ponente | ANGELES HUET DE SANDE |
ECLI | ES:TSJM:2008:20363 |
Número de Recurso | 616/2008 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 1655/2008 |
Fecha de Resolución | 24 de Octubre de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9
MADRID
SENTENCIA: 01655/2008
SENTENCIA No 1655
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN NOVENA
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. Ramón Verón Olarte
Magistrados:
Da. Ángeles Huet Sande
D. Juan Miguel Massigoge Benegiu
D. José Luis Quesada Varea
Dª. Berta Santillán Pedrosa
Dª. Margarita Pazos Pita
En la Villa de Madrid a veinticuatro de octubre de 2008.
Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el presente recurso de apelación nº 616/08, interpuesto por el Letrado don Jorge Juan Hidalgo Romero, afirmando actuar en nombre y representación de doña Encarna, contra el auto dictado en el procedimiento abreviado nº 62/08, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 22 de Madrid, de fecha 3 de marzo de 2008.
Interpuesto el recurso de apelación, fue admitido dicho recurso por el Juzgado "a quo", remitiéndose las actuaciones a este Tribunal Superior de Justicia.
Por esta Sección Novena se dictó providencia, de fecha 20 de mayo de 2008, por la que se tuvo por personada en forma ante la Sala a la parte apelante, quedando los autos conclusos y pendientes para votación y fallo.
En este estado se señala para votación y fallo el día 23 de octubre de 2008, teniendo lugar así.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Ángeles Huet Sande.
El presente recurso de apelación se interpone por el Letrado don Jorge Juan Hidalgo Romero, afirmando actuar en nombre y representación de doña Encarna, contra el auto dictado en el procedimiento abreviado nº 62/08, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 22 de Madrid, de fecha 3 de marzo de 2008, por el que se acuerda el archivo del procedimiento por no haber acreditado el Letrado que presentó la demanda la representación que afirma tener del interesado.
El acto impugnado ante el Juzgado era la resolución denegatoria de la entrada en España del interesado y su retorno al lugar de procedencia.
Presentada la demanda, firmada sólo por el Letrado, por el Juzgado, mediante providencia, fue apreciada la ausencia del requisito consistente en la aportación del documento justificativo de la representación del interesado que se arrogaba el Letrado don Jorge Juan Hidalgo Romero, concediéndose plazo para la subsanación de dicha omisión. Transcurrido el plazo sin que la omisión fuera subsanada, el Juez, subsistiendo la falta de acreditación de la representación, dicta el auto de archivo aquí apelado.
Contra esta resolución se alza la parte recurrente en apelación, alegando los siguientes argumentos: primero, el nombramiento de oficio del Letrado director y el hecho de que la designación de oficio alcanza no sólo a la asistencia letrada, sino también a la representación, unido a que la propia Administración ha aceptado la representación del interesado por dicho Letrado; segundo, que la voluntad del interesado de recurrir es manifiesta desde que solicita la asistencia letrada, poniendo de relieve la dificultad de otorgar poder en caso de extranjería porque el interesado suele encontrarse fuera del territorio nacional cuando se interpone el recurso, como ocurre en...
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