STSJ Comunidad de Madrid 1655/2008, 24 de Octubre de 2008

PonenteANGELES HUET DE SANDE
ECLIES:TSJM:2008:20363
Número de Recurso616/2008
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1655/2008
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 01655/2008

SENTENCIA No 1655

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN NOVENA

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. Ramón Verón Olarte

Magistrados:

Da. Ángeles Huet Sande

D. Juan Miguel Massigoge Benegiu

D. José Luis Quesada Varea

Dª. Berta Santillán Pedrosa

Dª. Margarita Pazos Pita

En la Villa de Madrid a veinticuatro de octubre de 2008.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el presente recurso de apelación nº 616/08, interpuesto por el Letrado don Jorge Juan Hidalgo Romero, afirmando actuar en nombre y representación de doña Encarna, contra el auto dictado en el procedimiento abreviado nº 62/08, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 22 de Madrid, de fecha 3 de marzo de 2008.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso de apelación, fue admitido dicho recurso por el Juzgado "a quo", remitiéndose las actuaciones a este Tribunal Superior de Justicia.

SEGUNDO

Por esta Sección Novena se dictó providencia, de fecha 20 de mayo de 2008, por la que se tuvo por personada en forma ante la Sala a la parte apelante, quedando los autos conclusos y pendientes para votación y fallo.

TERCERO

En este estado se señala para votación y fallo el día 23 de octubre de 2008, teniendo lugar así.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Ángeles Huet Sande.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación se interpone por el Letrado don Jorge Juan Hidalgo Romero, afirmando actuar en nombre y representación de doña Encarna, contra el auto dictado en el procedimiento abreviado nº 62/08, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 22 de Madrid, de fecha 3 de marzo de 2008, por el que se acuerda el archivo del procedimiento por no haber acreditado el Letrado que presentó la demanda la representación que afirma tener del interesado.

El acto impugnado ante el Juzgado era la resolución denegatoria de la entrada en España del interesado y su retorno al lugar de procedencia.

Presentada la demanda, firmada sólo por el Letrado, por el Juzgado, mediante providencia, fue apreciada la ausencia del requisito consistente en la aportación del documento justificativo de la representación del interesado que se arrogaba el Letrado don Jorge Juan Hidalgo Romero, concediéndose plazo para la subsanación de dicha omisión. Transcurrido el plazo sin que la omisión fuera subsanada, el Juez, subsistiendo la falta de acreditación de la representación, dicta el auto de archivo aquí apelado.

Contra esta resolución se alza la parte recurrente en apelación, alegando los siguientes argumentos: primero, el nombramiento de oficio del Letrado director y el hecho de que la designación de oficio alcanza no sólo a la asistencia letrada, sino también a la representación, unido a que la propia Administración ha aceptado la representación del interesado por dicho Letrado; segundo, que la voluntad del interesado de recurrir es manifiesta desde que solicita la asistencia letrada, poniendo de relieve la dificultad de otorgar poder en caso de extranjería porque el interesado suele encontrarse fuera del territorio nacional cuando se interpone el recurso, como ocurre en...

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