ATS, 24 de Junio de 2014
Ponente | IGNACIO SANCHO GARGALLO |
ECLI | ES:TS:2014:5349A |
Número de Recurso | 1187/2013 |
Procedimiento | Casación |
Fecha de Resolución | 24 de Junio de 2014 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a veinticuatro de Junio de dos mil catorce.
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- La representación procesal de "PROPIEDADES OLSEN, S.A." presentó el día 7 de mayo de 2013 escrito de interposición del recurso de casación, contra la sentencia dictada, con fecha 2 de abril de 20134, por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (sección 3ª), en el rollo de apelación nº 132/2009 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1248/2007 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Santa Cruz de Tenerife.
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- Mediante diligencia de ordenación de fecha 14 de mayo de 2013 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes el día 16 de mayo de 2013.
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- La procuradora Dª. María Isabel Campillo García, en nombre y representación de "PROPIEDADES OLSEN, S.A.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 24 de mayo de 2013, personándose en calidad de recurrente, mientras que el procurador D. Miguel Ángel Capetillo Vega, en nombre y representación de "FRED OLSEN, S.A.", presentó escrito el día 22 de mayo de 2013, personándose en concepto de parte recurrida .
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- Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.
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- Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "PROPIEDADES OLSEN, S.A.", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.
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- De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado por la representación procesal de "PROPIEDADES OLSEN, S.A.", con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
LA SALA ACUERDA
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- ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "PROPIEDADES OLSEN, S.A." contra la sentencia dictada, con fecha 2 de abril de 2013, por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (sección 3ª), en el rollo de apelación nº 132/2009 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1248/2007 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Santa Cruz de Tenerife.
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- Y entréguese copia de los escritos de interposición de los recursos de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
Contra este Auto no cabe recurso alguno de conformidad con el art. 483.5 LEC .
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.