STSJ Cataluña 184/2007, 26 de Febrero de 2007
Ponente | MARIA PILAR MARTIN COSCOLLA |
ECLI | ES:TSJCAT:2007:4761 |
Número de Recurso | 114/2006 |
Número de Resolución | 184/2007 |
Fecha de Resolución | 26 de Febrero de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA núm. 184
Ilmos. Sres. MAGISTRADOS:
D. JOSÉ JUANOLA SOLER
Dª. PILAR MARTÍN COSCOLLA
D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS
En la ciudad de Barcelona, a veintiséis de febrero dos mil siete.
LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN TERCERA), constituida para la resolución de este proceso, ha pronunciado en nombre del Rey, la siguiente sentencia en el rollo de apelación nº 114/06 interpuesto por la Plataforma Eixample Verd y Comissió de Veins pro illa verda, así como por los particulares don Paulino , doña Elena , doña María Teresa y doña María Luisa , todos ellos representados por la Procuradora doña Laura Espada Losada y asistidos por el Letrado don Agustín Figueras Sabater, contra la sentencia de fecha 30 de diciembre de 2005 dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de Barcelona en sus autos 185/2004. Se han personado como partes apeladas el Ayuntamiento de Barcelona representado por el Procurador don Carles Arcas i Hernández y asistido del Letrado don Manuel Mallo y la entidad El Corte Ingles S.A. representada por el Procurador don Enrique Galisteo Cano y asistida por el Letrado don Roberto Guirado Martínez.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª PILAR MARTÍN COSCOLLA, quien expresa el parecer de la SALA.
Se recurre en apelación la indicada sentencia en cuanto desestimó la demanda interpuesta por los actores. Tanto el Ayuntamiento como la entidad El Corte Ingles S.A. formularon en su día escrito de oposición a la apelación.SEGUNDO.- Remitidas las actuaciones a la Sala, y repartidas a esta Sección Tercera por razón de la materia, se personaron las partes en la forma indicada en el encabezamiento, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 15 de noviembre de 2006.
El acto recurrido ante el Juzgado es el Decreto de 1 de marzo de 2003 del Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Barcelona, y presidente de la Comisión de Infraestructuras y Urbanismo, por el que se autorizó la concesión de licencia de obras mayores para la ampliación del edificio comercial de El Corte Inglés sito en la Av. Diagonal 471-473 de Barcelona.
Tres fueron los motivos de impugnación, a saber, 1º) infracción de la Llei 17/2000 de Equipamientos Comerciales por faltar la previa y preceptiva licencia comercial; 2º) vulneración del Texto Refundido de la Ordenanza de Rehabilitación y Mejora del Eixample de 20 de julio de 2001 respecto al tratamiento de la fachada; y 3º) infracción de la reserva mínima de plazas de aparcamiento establecida por el planeamiento urbanístico general y por el sectorial de equipamientos comerciales aplicables al caso.
La sentencia de instancia rechaza los tres motivos y desestima la demanda. En su recurso de apelación los recurrentes sólo insisten en el tercero, que es el que procederá analizar en esta alzada.
Parte el Juez a quo de que el edificio de referencia contaba ya con 352 plazas de aparcamiento correspondientes a 8.800 m2 de las plantas subterráneas 3 y 4, cuando se aprobó el 19 de julio de 2001 la Modificación del Plan General Metropolitano para la transformación en el Eixample de terrenos edificables en dotaciones públicas y para la ampliación del edificio "El Corte Inglés" de...
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