STSJ Comunidad de Madrid 285/2014, 8 de Mayo de 2014
Ponente | MARIA DEL PILAR MALDONADO MUÑOZ |
ECLI | ES:TSJM:2014:5194 |
Número de Recurso | 3/2013 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 285/2014 |
Fecha de Resolución | 8 de Mayo de 2014 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Tercera
C/ General Castaños, 1 - 28004
33009710
NIG: 28.079.00.3-2012/0016279
Recurso nº 03/2013
Ponente: Dña. Pilar Maldonado Muñoz
Recurrente : D. Luisa
Representante: Procurador Dña. María Isabel Monfort Saez
Parte demandada: Ministerio del Interior
Representante: Abogado del Estado
SENTENCIA NÚM. 285
ILTMO. SR. PRESIDENTE:
D. Gustavo Lescure Ceñal
ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:
Dña. Pilar Maldonado Muñoz
Dña. Margarita Pazos Pita
----------------------------------- En Madrid, a 08 de Mayo de dos mil catorce.
Visto el recurso contencioso-administrativo núm. 03/2013 interpuesto por la representación procesal de D. Luisa, funcionario del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, contra la desestimación presunta por la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias del recurso de reposición formulado contra resolución de 22 de Mayo de 2012, que desestima su petición de la asignación de otro puesto de trabajo por razones de edad; habiendo sido parte demandada el Ministerio del Interior, representado por el Abogado del Estado.
La referida parte actora promovió el presente recurso contencioso-administrativo contra la resolución reseñada, y seguido el cauce procesal previsto legalmente, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por su orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y de contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos consignados, suplicaron respectivamente la anulación de acto objeto de impugnación y la desestimación de ésta, en los términos que figuran en aquéllos.
Seguido el proceso por los cauces legales, y efectuadas las actuaciones y los trámites que constan en los autos, quedaron éstos pendientes de señalamiento para votación y fallo, que tuvo lugar el día 07 de Mayo 2.014.
Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dña. Pilar Maldonado Muñoz.
La representación procesal de D. Luisa, funcionario del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, interpone el presente recurso contencioso administrativo contra la desestimación presunta por la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias del recurso de reposición formulado contra resolución de 22 de Mayo de 2012, que desestima su petición de la asignación de otro puesto de trabajo, al amparo del Real Decreto 89/2001, de 2 de Febrero, por el que se regula la asignación de puestos de trabajo a determinados funcionarios del Cuerpo Especial y del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias por razones de edad, al no tener cumplidos el interesado 25 años de servicio efectivo en el área de vigilancia.
Afirma la resolución administrativa impugnada que " el solicitante tomó posesión como funcionario de carrera, en el Centro Penitenciario del Puerto de Santa María-I (Cádiz), el 16 de febrero de 1995, habiendo prestado servicio anteriormente como funcionario interino en los centros penitenciarios de Badajoz, Puerto Santa María I, Psiquiátrico Penitenciario de Sevilla y Cádiz- Puerto Santa María II, desde el 1 de marzo de 1985 hasta le 25 de octubre de 1992, si bien, durante el periodo entre el 3 de marzo de 1998 y el 23 de mayo de 2000 y desde el 7 de julio de 2000 al 21 de noviembre de 2000, desempeñó los puestos denominados: oficina genérico y encargado área administrativa. En definitiva, a fecha 3 de noviembre de 2012 (cumplimiento de 57 años de edad), el Sr. Luisa habrá desempeñado durante 22 años, 9 meses y 7 días, puestos de trabajo correspondientes al área de vigilancia, por lo que no cumple el requisito de prestación de servicios efectivos durante 25 años en la mencionada área".
Pretende el recurrente se anula la resolución impugnada, al amparo de lo previsto en el artículo 62.2 de la Ley 30/1992, por infracción del artículo 2 del RD 89/2011, de 2 de Febrero, en relación con el artículo 1.1 de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, sobre reconocimiento de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STSJ Extremadura 109/2017, 9 de Marzo de 2017
...de la concreta vinculación jurídica entre el prestador de los mismos y la Administración. Estamos pues, como afirma la STSJ Madrid de 08/05/2014, REC. 3/2013, ante una cuestión de prueba. Si el funcionario acredita que durante el periodo de prácticas realizó las mismas funciones, jornada y ......
-
STSJ Extremadura 343/2018, 6 de Septiembre de 2018
...de la concreta vinculación jurídica entre el prestador de los mismos y la Administración. Estamos pues, como afirma la STSJ Madrid de 08/05/2014, REC. 3/2013, ante una cuestión de prueba. Si el funcionario acredita que durante el periodo de prácticas realizó las mismas funciones, jornada y ......