SAP Álava 383/2013, 8 de Noviembre de 2013

PonenteIÑIGO ELIZBURU AGUIRRE
ECLIES:APVI:2013:693
Número de Recurso421/2013
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución383/2013
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA

ARABAKO PROBINTZIA AUZITEGIA

Sección / Sekzioa: 1ª/1.

AVENIDA GASTEIZ 18-2ª planta - C.P./PK: 01008

Tel.: 945-004821

Fax / Faxa: 945-004820

N.I.G. / IZO : 01.02.2-11/014037

R.apelac.conc.L2 421/2013 - A

O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : Juzgado de lo Mercantil nº 1 de (Vitoria-Gasteiz) / (Gasteiz)ko 1 zk.ko Merkataritza-arloko Epaitegia

Autos de Incidente concursal oposición a aprobación rendición cuentas 216/2013(e)ko autoak

Recurrente / Errekurtsogilea: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Abogado/a / Abokatua: MARIA JOSE DEL VAL REDONDO

Recurrido/a / Errekurritua : Cecilia, como Administradora Concursal de KRABELIN BOUQUETS, S.A.

Abogado/a / Abokatua: JUAN CARLOS LAZARO PALOMINO

APELACIÓN CIVIL

La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz compuesta por los Ilmos. Sres. Dña. Mercedes Guerrero Romeo, Presidenta, D. Iñigo Elizburu Aguirre, y D. Edmundo Rodríguez Achútegui, Magistrados, ha dictado el día ocho de noviembre de dos mil trece.

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 383/13

En el recurso de apelación civil, Rollo de Sala nº 421/13, procedente del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Vitoria-Gasteiz, Autos de Incidente Concursal nº 216/13, del Concurso abreviado nº 464/11, promovido por TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, frente a la sentencia dictada en fecha 27.05.13, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Iñigo Elizburu Aguirre

ANTECEDENTES DE HECHO

.

PRIMERO

Por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Vitoria-Gasteiz, se dictó sentencia cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Desestimar la demanda formulada por Tesorería General de la Seguridad Social frente a la administración concursal deKARBELIN BOUQUETS S.L, sin especial imposición de costas".

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución, se interpuso recurso de apelación por la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, recurso que se tuvo por interpuesto con fecha 02.09.13, dándose el correspondiente traslado a las demás partes personadas por diez días para alegaciones, presentándose por la Administradora Concursal de KRABELIN BOUQUETS, S.L, Dña. Cecilia, escrito de oposición al recurso planteado, elevándose, posteriormente, los autos a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala, con fecha 03.10.13 se mandó formar el Rollo de apelación, registrándose y turnándose la ponencia. Por proveído de 09.10.13 se señaló para deliberación, votación y fallo el día 24 de octubre de 2013.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Pretende, la parte apelante, que se declaren no aprobadas las cuestas rendidas por la Administración Concursal, en cuanto a la indebida aplicación de pagos de los créditos contra la masa que plantea y poniendo a disposición de la TGSS la cantidad que de acuerdo con ello le corresponde.

SEGUNDO

Entrando en el examen de la procedencia o no del recurso de apelación, a la luz de las consideraciones en las que el mismo se basa y que irán surgiendo en el curso de la presente argumentación en la medida en que resulten precisas o útiles para la debida resolución de la causa, y una vez examinado lo actuado, ha de comenzarse indicando que la cuestión que plantea la parte apelante: la infracción de lo dispuesto en el artículo 176 bis apartado 2 de la Ley Concursal en relación con el artículo 34 del mismo texto legal, resulta novedosa dada la reciente innovación normativa que ha supuesto el primer precepto reseñado.

Según dicho artículo 176 bis...

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