STSJ Cataluña 145/2007, 15 de Febrero de 2007

PonenteFRANCISCO LOPEZ VAZQUEZ
ECLIES:TSJCAT:2007:5516
Número de Recurso950/2003
Número de Resolución145/2007
Fecha de Resolución15 de Febrero de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 145

Ilmos. Sres.

Presidente

José Juanola Soler

Magistrados

Manuel Táboas Bentanachs

Francisco López Vázquez

En la ciudad de Barcelona, a quince de febrero de dos mil siete.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, constituida al efecto para la votación y fallo, ha visto, en el nombre de Su Majestad el Rey, el recurso contencioso administrativo seguido ante la misma con el número de referencia, promovido a instancia de "Firmes y Hormigones, SA", representada por la procuradora de los tribunales Sra. Fuentes Millán y defendida por letrado, contra el Ayuntamiento de Cervelló, representado por el procurador Sr. Bach Ferré y defendido por la letrado Sra. Jiménez Rodrigo, en relación con actuaciones urbanísticas, siendo la cuantía del recurso inferior a 150.253' 03€, y atendiendo a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, publicándose el pertinente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y, recibido el expediente administrativo, le fue entregado para que dedujese escrito de demanda, donde, tras consignar los hechos y fundamentos jurídicos que estimó de aplicación, solicitó se dictase sentencia estimatoria de las pretensiones en ella deducidas.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada, contestó la demanda, consignando los hechos y fundamentos de derecho que entendió aplicables, solicitando la desestimación de las pretensiones deducidas por la parte actora.TERCERO. Recibidos los autos a prueba, fueron practicadas las consideradas pertinentes de entre las propuestas, con el resultado que es de ver en autos, continuando el proceso sus trámites, hasta finalizar con el de conclusiones, donde las partes presentaron sucintas alegaciones en defensa de sus pretensiones respectivas, quedando el pleito concluso para sentencia y señalándose finalmente el momento de la votación y fallo, que ha tenido lugar el día 29 de enero de 2.007.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Francisco López Vázquez, quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la impugnación de la desestimación presunta por silencio administrativo de la petición efectuada por la actora al Ayuntamiento de Cervelló para obtener el pago de la cantidad adeudada en concepto de las obras de urbanización de Can Esteve, Unidad de Actuación 10, correspondientes a su 10% de aprovechamiento cedido.

Se interesa en la demanda se ordene al Ayuntamiento el pago a la actora del coste de ejecución de tal obra, ascendiente a la suma de 24.894.582 pesetas, con intereses legales y de demora, estos últimos hasta el momento de su efectivo pago.

SEGUNDO

La parte actora, promotora de la actuación de que se trata, sostiene en la demanda que ha ejecutado y costeado íntegramente la obra urbanizadora, sin que el Ayuntamiento le haya abonado la parte correspondiente a la cesión de las parcelas representativas del 10% del aprovechamiento del sector, cuestión a la que no obsta la firmeza de los proyectos de urbanización y de compensación, ni la circunstancia de que la cesión de fincas se verificase en concepto de "libres de cargas y gravámenes", lo que no puede suponer que quedasen exentas de su afectación al pago de los correspondientes costes de urbanización, ni siquiera por el juego o intervención en contrario de la autonomía de la voluntad privada.

En cuyo sentido viene con reiteración declarando la jurisprudencia que, si bien es cierto que el artículo 186 del Reglamento de Gestión Urbanística impone la contribución municipal a los gastos de urbanización en el sistema de...

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