SAP Barcelona 61/2014, 14 de Febrero de 2014

JurisdicciónEspaña
Número de resolución61/2014
EmisorAudiencia Provincial de Barcelona, seccion 13 (civil)
Fecha14 Febrero 2014

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCION Decimotercera

ROLLO Nº 15/2013 - 5ª

JUICIO VERBAL NÚM. 906/2012

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 1 TERRASSA (ANT.CI-1)

S E N T E N C I A N ú m. 61

Ilmo. Sr.

D. JOAN CREMADES MORANT

En la ciudad de Barcelona, a catorce de febrero de dos mil catorce.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimotercera de esta Audiencia Provincial, constituida por un solo magistrado en aplicación del art. 82.2, L.O.P.J . reformada por L.O. 1/2009 de 3 de noviembre, los presentes autos de Juicio verbal, número 906/2012 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 1 Terrassa (ant.CI-1), a instancia de LINEA COCHE SL,, contra CATALANA DE OCCIDENTE S.A., los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 27 de septiembre de 2012, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada, es del tenor literal siguiente:

"FALLO: DISPONGO ESTIMAR INTEGRAMENTE la demanda interpuesta por la procuradora de los Tribunales Dª Roser Davi Freixa, en nombre y representación de LINEA COCHE, SL y CONDENAR a CATALANA DE OCCIDENTE, SA a abonar a LINEA COCHE, SL la suma de TRES MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO euros con CUARENTA Y OCHO céntimos (3.228,48 euros), por los conceptos de esta sentencia.

CONDENAR a CATALANA OCCIDENTE, SA a abonar a LINEA COCHE, SL el INTERES previsto en el art. 20 de la Ley de contrato de Seguro respecto de dicha entidad.

CONDENAR a CATALANA OCCIDENTE, SA a abonar las COSTAS del procedimiento.

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso en tiempo y forma elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para resolver el día 29 de enero de 2014 .

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La demanda rectora, formulada al amparo del art. 1902 CC y 76 LCS, va encaminada a la obtención de un pronunciamiento por el que se condene a CATALANA DE OCCIDENTE (aseguradora causante del siniestro que se dirá) a abonar a LINEA COCHE SL la suma de 3228'48 #, más los intereses legales (importe del alquiler de un vehículo de sustitución, por permanecer el que resultó con daños, en el taller, para su reparación). A dicha pretensión se opuso la demandada, sin cuestionar la dinámica de la colisión ni la responsabilidad de su asegurado, alegando (1) falta de legitimación activa (por nulidad del contrato de alquiler, en tanto que el usuario no abonó cantidad alguna, tratándose de una cesión gratuita, y por ello, nula la cesión de derechos) y (2) ausencia de prueba sobre la necesidad del vehículo de sustitución; subsidiariamente, pluspetición (al reclamarse 76 #/diarios, suma que considera desproporcionada atendido el valor venal del vehículo siniestrado, y respecto de la reclamaci'pon del IVA, que considera impropecedente).

La sentencia de instancia estima íntegramente la demanda con expresa imposición de las costas a los demandados. Frente a dicha resolución se alza la aseguradora demandada, reiterando los motivos de oposición alegados en la instancia, por error en la apreciación de la prueba (habiendo sido impugnada toda la documental de la actora, no adverada con testifical alguna) con lo que el debate queda planteado en los mismos términos que en la instancia, disponiéndose para su resolución del mismo material instructorio.

SEGUNDO

Una nueva y definitiva revisión de la prueba efectivamente practicada en las actuaciones, ofrece como resultado una serie de hechos básicos, en los cuales se hallan contestes las partes o se consideran suficientemente acreditados: 1) El 15.2.2012 el vehículo CITROEN C3, .....WHX, conducido por

Dª Ana María y propiedad de D. Gaspar, asegurado en Catalana de Occidente, no respetó la señal de CEDA EL PASO, colisionando con la parte derecha el vehículo PEUGEOT 106, W......WL, propiedad de

D. Jeronimo, conducido por su hijo Maximiliano, usuario habitual, que fue declarado siniestro total (parte amistoso 26, 21). 2) el vehículo, declarado siniestro total, por lo que el propietario fue indemnizado por la aseguradora en 1040 # (f. 27); se dio de baja en Tráfico el 28.3.2012 (f. 61 y ss). 3) D. Maximiliano, cuyo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias
  • SAP Madrid 347/2019, 4 de Octubre de 2019
    • España
    • Audiencia Provincial de Madrid, seccion 11 (civil)
    • 4 Octubre 2019
    ...procedencia o no de los gastos que se reclaman a consecuencia del alquiler de otro vehículo de sustitución. Debemos decir, con la SAP de Barcelona de 14-2-14 que "sin duda, la utilización de un vehículo de sustitución puede ser daño emergente indemnizable, en la medida en que consta efectiv......
  • SAP Granada 118/2016, 13 de Mayo de 2016
    • España
    • 13 Mayo 2016
    ...procedencia o no de los gastos que se reclaman a consecuencia del alquiler de otro vehículo de sustitución. Debemos decir, con la SAP de Barcelona de 14-2-14 que "sin duda, la utilización de un vehículo de sustitución puede ser daño emergente indemnizable, en la medida en que consta efectiv......
  • SAP Granada 207/2015, 9 de Octubre de 2015
    • España
    • 9 Octubre 2015
    ...ha sido condenada por los gastos de alquiler de otro vehículo de sustitución y debemos decir, al igual que la sentencia de la AP Barcelona sección 13, de 14 de febrero de 2014 (Recurso: 15/2013 ) que " La Sala de la que formo parte, ha tenido ocasión en reiteradas ocasiones, de pronunciarse......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR