STSJ Cataluña 598/2013, 25 de Julio de 2013
Ponente | JOSE JUANOLA SOLER |
ECLI | ES:TSJCAT:2013:11845 |
Número de Recurso | 182/2011 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN CONTRA SENTENC |
Número de Resolución | 598/2013 |
Fecha de Resolución | 25 de Julio de 2013 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sección Tercera
ROLLO DE APELACIÓN DE SENTENCIA nº 182/2011
dimanante de Recurso contencioso-administrativo 127/2010 seguido ante el Juzgado de lo contenciosoadministrativo 1 de Lleida
Parte/s apelante/s:
Agència Catalana de l'Aigua Parte/s apelada/s:
Ministerio de Medio Ambiente Confederación Hidrográfica del Ebro S E N T E N C I A núm 598 Ilustrísimos Señores Magistrados:
D. José Juanola Soler
D. Manuel Táboas Bentanachs
D. Francisco López Vázquez
BARCELONA, a 25 de julio de dos mil trece.
Visto por ollo apelación arriba expresado, seguido a instancia de Agència Catalana de l'Aigua, representada y defendida por el//s apelante/s, siendo parte/s apelada/s, Ministerio de Medio Ambiente, y Confederación Hidrográfica del Ebro, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.
En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo Sr. Magistrado Don José Juanola Soler.
-
- Por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de nº 1 de Lleida y en los autos 127/2010, se dictó Sentencia de fecha 2/5/2011, con el nº 137, cuyo Fallo es del siguiente tenor literal:
" 1º) ESTIMAR íntegramente el recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por ".
-
- En la vía del recurso de apelación, recibidas las actuaciones correspondientes y habiendo comparecido la parte apelante finalmente se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 5/6/2013.
El recurso de apelación tiene por objeto la pretensión de la parte apelante de que se revoque se despide recurso contencioso administrativo interpuesto contra .
Consta que un tercero que no ha intervenido como parte en el presente procedimiento, solicitó la renovación de una autorización de vertido de aguas residuales procedentes de un domicilio unifamiliar al río Segre, cauce perteneciente a El expediente fue tramitado por No consta que hubiese formulado propuesta de resolución, ni hubiese remitido a dicha propuesta de resolución para su aprobación.
Debe reiterarse la doctrina sentada por esta Sala y Sección en anteriores sentencias; por todas, Sentencianº 330 de 4/5/2012 dictada en el Rollo de apelación sentencia nº 148/2011, en la que se dice:
"SEGUNDO.- 1. Corresponde a
Su artículo 111, en la redacción que ha quedado tras la sentencia del Tribunal Constitucional 31/2010, de 28 de junio, que anuló alguno de sus incisos, precisa que se debe entender por competencias compartidas, disponiendo: "En las materias que el Estatuto atribuye a
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