SAP A Coruña 415/2013, 5 de Diciembre de 2013

PonenteANTONIO MIGUEL FERNANDEZ-MONTELLS FERNANDEZ
ECLIES:APC:2013:3077
Número de Recurso464/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución415/2013
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

A CORUÑA

SENTENCIA: 00415/2013

CORUÑA Nº 12

ROLL0 Nº 464/13

S E N T E N C I A

Nº 415/13

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección 4ª Civil-Mercantil

Ilmo. Sr. Magistrado:

DON ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNÁNDEZ

En A Coruña, a cinco de diciembre de dos mil trece.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 004, de la Audiencia Provincial de A CORUÑA, los Autos de JUICIO VERBAL 0000627 /2011, procedentes del XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 12 de A CORUÑA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000464 /2012, en los que aparece como parte demandante-apelante, IMPERMEABILIZACIONES CORUÑA S.L., representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. MILAGROS DOMINGUEZ RODRIGUEZ, asistido por el Letrado D. OSCAR LOUREDA PRADO, y como parte demandada-apelada, "UFABAR,S .L., representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. JOSÉ MARTÍN GUIMARAENS MARTÍNEZ, asistido por el Letrado D. MIGUEL-MARCELO FERNANDEZ COLIN, sobre RECLAMACION DE CANTIDAD.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 12 DE A CORUÑA de fecha 8-5-1. Su parte dispositiva literalmente dice: "Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta a instancia de IMPERMEABILIZACIONES CORUÑA, S.L. comparecida a través de su representante legar Efrain, con la representación procesal de la procuradora SRA. DOMINGUEZ RODRIGUEZ, bajo la dirección letrada del SR. LOUREDA PRADO, frente a la demandada la entidad UFABAR, S.L., representado por el procurador SR. GUIMARAENS MARTÍNEZ, con la asistencia letrada del SR. FERNANDEZ COLIN, absolviendo a la demandada de los pedimentos contra ella formulados. Las costas se imponen a la parte actora."

SEGUNDO

Contra la referida resolución por el demandante se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que les fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a ponencia para resolución.

TERCERO

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNÁNDEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 12 de A Coruña en fecha 8 de mayo de 2012, que desestimó la demanda rectora del procedimiento en la que se ejercita acción de reclamación del importe de la factura emitida en fecha 4 de abril de 2007 por los trabajos de reparación llevados a cabo por la actora "IMPERMEABILIZACIONES CORUÑA, S.L. en la cubierta de un bajo comercial propiedad de la demandada, sito en la calle Villa de Negreira nº 9 de A Coruña, ascendiendo a la cantidad de 4.724 euros, suplicando con su revocación la estimación integra de la demanda, alegando errónea valoración de la prueba practicada, al considerar que de la misma ha quedado acreditada la realización de los trabajos contratados,

SEGUNDO

El recurso no puede ser estimado en cuanto que las alegaciones del recurrente en esta alzada no desvirtúan los acertados fundamentos de la sentencia apelada que valora de forma pormenorizada la prueba practicada, de la que resulta la existencia de una relación contractual nacida entre las partes para la ejecución de trabajos de reparación de la cubierta de un bajo comercial de la demandada, por cuanto se producían filtraciones de agua de lluvia, con el objeto pues de su impermeabilización, así resulta de los mismos conceptos de los trabajos facturados, limpieza de uralita, sellado de juntas con masilla de poliuretano, aplicación de pintura elástica (103 m2); pintado de medianera colindante del edificio, mediante limpieza de la misma y aplicación de dos manos de determinado producto impermeabilizante (25); limpieza de terraza, sellado de uralitas con masilla de poliuretano y aplicación de dos manos de determinado producto impermeabilizante (35 m2); limpieza, sellado de grietas y pintado de fachada (12 m2); limpieza de velux, colocación de nuevos cristales superpuestos de metacrilato, sellados con masilla de poliuretano. Y de la prueba practicada resulta acreditada que no fueron ejecutados de forma correcta, tal como resulta del informe pericial aportado por la demandada, emitido por D. Valentín, de profesión arquitecto técnico, que en sucesivas visitas del local, concretamente los días 30 de abril de 2007, 29 de septiembre de 2009 y 30 de enero de 2012, esto es, una vez efectuados...

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