SJCA nº 6 4/2013, 8 de Enero de 2013, de Barcelona

PonenteBENJAMIN IGNACIO GORRIZ GOMEZ
Fecha de Resolución 8 de Enero de 2013
Número de Recurso108/2011

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO N.º 6 DE BARCELONA

Procedimiento Abreviado 108/2011 Sección B

SENTENCIA núm. 4/13

En Barcelona, a 8 de enero de 2013.

Benjamín Górriz Gómez, Magistrado-Juez sustituto del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 6 de Barcelona y su provincia, ha visto los presentes autos de recurso contencioso-administrativo en los que ostenta la condición de parte actora D. Ángel , representado por la Procuradora D.ª Lorena Moreno Rueda y defendido por el Letrado D. Victor A. Echegaray Pintado, y de parte demandada el AYUNTAMIENTO DE CASTELLDEFELS, representado y defendido por el Letrado D. Remigi Fabra Vila, habiendo comparecido como codemandado el ORGANISME DE GESTIÓ TRIBUTARIA DE LA DIPUTACIO DE BARCELONA, representado y defendido por la Letrada D.ª Sandra Nicolás Campos, sobre sanción.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El día 24 de febrero de 2011 fue presentado, por la parte actora, escrito de interposición de recurso contencioso- administrativo contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de revisión formulado en fecha 16 de abril de 2010.

SEGUNDO.- Por decreto de fecha 3 de marzo de 2011 se admitió a trámite el recurso contencioso-administrativo interpuesto, dándose traslado de la demanda a la Administración demandada. Se citó a las partes para la celebración de la vista y se reclamó el correspondiente expediente administrativo.

TERCERO.- En la vista, celebrada el día 13 de diciembre de 2010, la parte actora se ratificó en la demanda, y la demandada y codemandada se opusieron a la misma en los términos que son de ver en la grabación que se realizó de la vista. Habiéndose recibido el presente recurso a prueba, se practicaron las admitidas y declaradas pertinentes con el resultado que obra en autos y tras presentarse las conclusiones por las partes, quedaron aquéllos vistos para sentencia.

CUARTO.- La cuantía del recurso se fija en la cantidad de 91,- euros, importe de la sanción impuesta, cuya anulación se postula.

QUINTO.- En la tramitación de este procedimiento no se han infringido las formalidades legales esenciales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- El presente recurso contencioso-administrativo (recurso extraordinario de revisión lo denomina el encabezamiento del escrito de demanda) tiene por objeto la pretensión anulatoria de la resolución desestimatoria presunta, por silencio administrativo, del recurso de revisión formulado en fecha 16 de abril de 2010; así como, según resulta del suplico del escrito de demanda, que se anule "la sanción impuesta de suspensión de la autorización administrativa para conducir vehículos de motor por pérdida de puntos. Eximiendo al recurrente de cualquier responsabilidad derivada de la denuncia de la que trae causa, condenando en costas a la administración."

Las Administraciones demandada y codemandada, por su parte, se oponen al recurso planteado y defienden la legalidad de la actuación administrativa impugnada por ser conforme a Derecho.

SEGUNDO.- Antes de examinar el fondo de la cuestión debe precisarse el objeto del presente procedimiento.

Por una parte, aunque en el suplico del escrito de demanda se solicita que se anule la sanción "de suspensión de la autorización administrativa para conducir vehículos de motor por pérdida de puntos" y se acompaña -como documento 5- copia de tal resolución, lo cierto es que la misma ni consta en los...

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