SAP Barcelona 438/2013, 16 de Septiembre de 2013

PonenteMARTA FONT MARQUINA
ECLIES:APB:2013:10115
Número de Recurso465/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución438/2013
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN CATORCE

ROLLO Nº 465/2012

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 791/2011

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 53 de Barcelona

S E N T E N C I A Nº 438/2013

Ilmas. Sras.

Dª. MARIA DOLORS MONTOLIO SERRA

Dª. MARTA FONT MARQUINA

Dª. CARME DOMÍNGUEZ NARANJO

En la ciudad de Barcelona, a dieciséis de septiembre de dos mil trece

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Catorce de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de juicio ordinario 791/2011, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 53 de Barcelona, a instancia de Carpinteria Metálica Marpe, S.L. representada por el Procurador D. Ivo Ranera Cahis, contra Promociones Inmobiliarias Waters Canet, S.L. y Sangar Obras y Construcciones Maresme, S.L.U. representados por la Procuradora Dª. Beatriz de Miquel Balmes los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 15 de febrero de 2012, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda formulada a instancia de la entidad Carpintería Metálica Marpe, S.L. representada por el Procurador de los Tribunales Don Ivo Ranera Cahís y asistida por el Letrado Don Miquel Angel Pigem de las Heras, contra las entidades mercantiles Sangar Obras y Construcciones Maresme, S.L.U. que ha comparecido en los presentes autos representada por el Procurador de los Tribunales Don Antonio Urbea Aneiros y asistida por la Letrada Doña Laura Santos Lozano, y Promociones Inmobiliarias Waters Canet, S.L. representada en autos por la Procuradora de los Tribunales Doña Beatriz de Miquel Balmes y asistida por la Letrada Doña Ana Puch Cuenca, la cual versa sobre reclamación de cantidad.

  1. - Debo condenar y condeno a la parte codemandada Sangar Obras y Construcciones Maresme, S.L.U. a que abone a la actora la cantidad de 43.950,39 euros en concepto de principal por el impago de las facturas acompañadas con la demanda derivadas de los trabajos de cierre de aluminio de la obra de la calle Cadilac, nº 2-4, de la localidad de Canet de Mar, más los intereses moratorios de la Ley 3/2.004, de 29 de diciembre, a contar desde los 60 días desde la emisión de las facturas y desde que se dicte sentencia los intereses de mora procesal del artículo 576 LEC que se puedan generar y hasta la fecha en que tenga lugar elefectivo pago y todo ello con expresa imposición de costas del procedimiento. 2.- Debo absolver a la parte codemandada Promociones Inmobiliarias Waters Canet, S.L. de todas las pretensiones frente a la misma deducidas, todo ello con expresa condena a la parte demandante de las costas causadas a la misma.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 27 de junio de 2013.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MARTA FONT MARQUINA

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La actora dirige demanda en reclamación de la suma de 43.950,39 euros correspondientes a las facturas libradas contra la sociedad constructora, Sangar Obras y Construcciones Maresme SLU, por los trabajos de cierres de aluminio incorporados a la obra de Canet de Mar, de la cual es promotora y demandada la sociedad Promociones Inmobiliarias Waters Canet S.L.

Narra en la demanda que de las facturas reclamadas responden solidariamente ambas demandadas ya que por acuerdo expreso entre las partes era la promotora quien efectuaba los pagos por ser la...

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