SAP Valencia 453/2013, 8 de Julio de 2013

PonenteMARIA ISABEL SIFRES SOLANES
ECLIES:APV:2013:3588
Número de Recurso202/2013
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución453/2013
Fecha de Resolución 8 de Julio de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 5ª

Sentencia J. FALTAS

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN QUINTA

VALENCIA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 202/13

JUICIO DE FALTAS Nº 5/13

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 6 DE SUECA

SENTENCIA Nº 453/13

En la ciudad de Valencia, a 8 de julio de 2013.

En nombre de S.M. el Rey, la Ilma. Sra. Dª ISABEL SIFRES SOLANES, magistrada ponente de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia, constituida en Tribunal Unipersonal, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 3-4-13, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 6 de Sueca en el juicio de faltas nº 5/13, habiendo sido partes en el recurso como apelante Esther y como apelada Laura y MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción ya referido se dictó, en el también mencionado ya juicio de faltas, sentencia en la que se declararon probados los siguientes hechos: Que el día 21 de agosto de 2012 en la localidad de Sueca se encontraba Laura en la calle cuando pasó Esther y le clavó una aguja de tejer.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la referida sentencia recurrida es del tenor literal siguiente: " Que debo condenar y condeno a Esther como autor criminalmente responsable de una falta de lesiones, sin la concurrencia de circunstancias modificativas, a la pena de MULTA DE 30 DÍAS CON CUOTA DIARIA DE 6 EUROS ( 180 EUROS), con una responsabilidad personal en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas y pago de las costas procesales.

Esther en concepto de responsabilidad debe pagar 350 euros a favor Laura por las lesiones y la cantidad que se determine en ejecución de Sentencia por la reparación de la dentadura postiza de la misma.

Procede la absolución de Laura ."

TERCERO

Formalizado el recurso de apelación ante el Juzgado Instrucción que la dictó, dio este traslado a las demás partes por un plazo común de diez días. Transcurrido dicho plazo y fijado domicilio para notificaciones, fueron elevados los autos originales a esta Audiencia Provincial con todos los escritos presentados y recibidos los mismos fueron repartidos por los servicios comunes al Magistrado que suscribe, señalándose para su estudio y resolución el día de hoy.

CUARTO

En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS PRIMERO.- Se rechazan los hechos declarados probados en la sentencia apelada y que han quedado anteriormente transcritos, atendiendo a los argumentos que se exponen a continuación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Tribunal Constitucional ha declarado reiteradamente que el derecho de defensa, incluido en el derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión, que reconoce el art. 24.1 C.E ., garantiza el derecho a acceder al proceso y a los recursos legalmente establecidos en condiciones de poder ser oído y ejercer la defensa de los derechos e intereses legítimos en un procedimiento en el que se respeten los principios de...

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