SAP Salamanca 303/2013, 23 de Septiembre de 2013

PonenteJOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO
ECLIES:APSA:2013:500
Número de Recurso676/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución303/2013
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SALAMANCA

SENTENCIA: 00303/2013

SENTENCIA NÚMERO 303/13

ILMO. SR. PRESIDENTE:

DON JOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DON JOSÉ ANTONIO VEGA BRAVO

DON EDUARDO A. FABIAN CAPARRÓS

En la ciudad de Salamanca a veintitrés de septiembre de dos mil trece.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha visto en grado de apelación el JUICIO ORDINARIO Nº 100/11 del Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Salamanca, Rollo de Sala Nº 676/12; han sido partes en este recurso: como demandante-apelante DON Esteban representado por el Procurador Don Manuel Martín Tejedor y bajo la dirección del Letrado Don Juan Luis Soto Losa y como demandada-apelada COMUNIDAD DE PROPIETARIOS CALLE000, Nº NUM000 DE SALAMANCA representada por el Procurador Don Angel Martín Santiago y bajo la dirección del Letrado Don Pedro Javier Ollero Gonzalo, habiendo versado sobre Nulidad de Acuerdo de la Comunidad de Propietarios.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El día 4 de octubre de 2012 por la Sra. Magistrado-Juez Sustituto del Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Salamanca se dictó sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente: "FALLO: DESESTIMO LA DEMANDA interpuesta por el Procurador de los Tribunales Don Manuel Martín Tejedor en nombre y representación de Don Esteban, asistido por el letrado Don Juan Luis Soto Losa contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIO DE LA CALLE000 Nº NUM000, representado por el Procurador de los Tribunales Don Angel Martín Santiago y asistido por el letrado Don Pedro Javier Ollero Gonzalo, condenando a la parte actora al pago de las costas causadas".

  2. - Contra referida sentencia se preparó recurso de apelación por la representación jurídica de la parte demandante concediéndole el plazo establecido en la Ley para interponer el mismo verificándolo en tiempo y forma, quien alega como motivos del recurso: Indebida apreciación por la Juez de Instancia de la falta de legitimación del actor al resultar acreditado que el inmueble de su propiedad se encuentra ubicado la comunidad de propietarios demandada resultando así de la realidad física de la finca, de las actas de la comunidad de propietarios pudiendo hablarse de una comunidad de propietarios ad hoc constituido al amparo de la Ley de Propiedad Horizontal, para terminar suplicando se dicte sentencia por la que revoque la recurrida, y se resuelva sobre el fondo de la cuestión litigiosa, todo ello con imposición de las costas de ambas instancias a la demandante primera instancia a la demandada. Dado traslado de dicho escrito a la representación jurídica de la parte contraria por la misma se presentó escrito en tiempo y forma oponiéndose al recurso de apelación formulado para terminar suplicando se dicte sentencia confirmando la de primera instancia, con estimación de la presente oposición y desestimación del recurso de apelación interpuesto de adverso y por ende dictándose sentencia conforme a los contenidos expresados en la de instancia y con expresa imposición de las costas a la recurrente.

  3. - Recibidos los autos en esta Audiencia se formó el oportuno Rollo y se señaló para la votación y fallo del presente recurso de apelación el día veinte de mayo de dos mil trece pasando los autos al Ilmo. Sr. Magistrado-Ponente para dictar sentencia.

  4. - Observadas las formalidades legales.

Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente DON JOSE RAMONGONZALEZ CLAVIJO .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación del actor, don Esteban, se interpone demanda de juicio ordinario frente a la Comunidad de Propietarios de la CALLE000 número NUM000 de Salamanca a fin de que se declare ilegal el acuerdo adoptado por dicha comunidad al haber procedido a la realización de obras que perjudican gravemente a los intereses del actor por haberse realizado sin su consentimiento, obligando a la comunidad demandada a reponer el estado del portal a su situación anterior y condenándola al pago de las costas que deriven del procedimiento.

En el relato de hechos se hace referencia a como el actor es propietario de un local en la planta sótano de la casa del casco urbano de Salamanca, Plaza Mayor número 3 y calle Toro 1/2, destinado a almacén, habiendo procedido la comunidad de propietarios demandada, de la CALLE000 número NUM000 de Salamanca, a realizar obras en el portal del edificio que han dado lugar a que el local sea totalmente inservible para prestar su función y ello por haber cambiado la forma de acceso y en concreto la escalera, haber rebajado la cota horizontal original disminuyendo la altura del local desde los 3,20 m a los 1,9 m de altura actual y haber instalado en el centro del local una toma de tierra de la nueva instalación...

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