SAP Vizcaya 90318/2013, 28 de Junio de 2013

PonenteMARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ PUENTE
ECLIES:APBI:2013:995
Número de Recurso5/2013
ProcedimientoROLLO APELACIóN ABREVIADO
Número de Resolución90318/2013
Fecha de Resolución28 de Junio de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 6ª

OFICINA COMUN DE TRAMITACION PENAL

TRAMITAZIO PENALEKO BULEGO KOMUNA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA. Sección 6ªª

Calle BARROETA ALDAMAR 10,4ª planta,BILBAO (BIZKAIA) Tfno.: 94-4016667

Rollo Abreviado nº 5/2013- 6ªª

Procedimiento nº 180/2012

Jdo. de lo Penal nº 5 (Bilbao)

S E N T E N C I A N U M . 90318/2013

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE: D. JOSE IGNACIO AREVALO LASSA

MAGISTRADA: Dª MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ PUENTE

MAGISTRADA: Dª NEKANE SAN MIGUEL BERGARETXE

En BILBAO (BIZKAIA), a 28 de Junio de 2013.

VISTOS en segunda instancia, por la Sección 6ªª de la Audiencia Provincial de BIZKAIA, los presentes autos de Procedimiento Abreviado, seguidos con el número 180/2012 ante el Jdo. de lo Penal nº 5 (Bilbao) por hechos constitutivos, aparentemente, de un delito de ESTAFA contra Carlos Manuel,con DNI NUM000

, nacido en Barakaldo (Bizkaia) el NUM001 de 1987, hijo de José María y de María Jesús, representado por la Procuradora Sra. SANDRA PÉREZ ALBA y defendido por la Letrada Sra. MIREN ANDONE BILBAO BADIOLA, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal, y como ACUSACIÓN PARTICULAR DATASISTEMAS SA representada por la Procuradora Sra. MÓNICA DURANGO GARCÍA y defendida por el Letrado Sr. FRANCISCO JAVIER PASTOR DE LA CAL

Expresa el parecer de la Sala, como Magistrado Ponente, la Iltma., Sra. Dña. MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ PUENTE.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de Jdo. de lo Penal nº 5 (Bilbao) de los de dicha clase, se dictó con fecha 3/9/2012 sentencia en la que se declaran probados los siguientes hechos:

"ÚNICO.-. Que Carlos Manuel, mayor de edad y sin antecedentes penales, guiado por un ánimo de ilícito enriquecimiento, el 14 de julio de 2011 acudió al domicilio de la mercantil Datasistemas, SA y con la intención de aparentar una capacidad de pago de la que carecía se presentó como titular de la mercantil Motor Sport Galdakao, SL, empresa que decía tener varios trabajadores y un elevado volumen de ventas pero que había sido desahuciada de su domicilio en BARRIO000 NUM002 de Galdakao por falta de pago de la renta en mayo de 2011. Valiéndose de esta apariencia de solvencia creada por el propio Carlos Manuel, el 14 de julio de 2011 se llevó material informático por importe de 491,51 euros firmando un albarán, entregando copia de su documento nacional de identidad, el número de identificación fiscal de su empresa y un número de cuenta corriente bancaria al efecto de que se cargara a esta el importe del material comprado a pesar de conocer que la cuenta no dispuso en ningún momento de saldo suficiente para hacer frente al pago.

Los días 18, 21, 22 y 26 de julio de 2011, aprovechando la apariencia de solvencia que había creado, con igual ánimo de ilícito enriquecimiento, se llevó de la mercantil Datasistemas SA otros equipos informáticos sin abonar su importe: el 18 de julio de 2011 por importe de 375 euros más IVA (442,50 euros), el 21 de julio de 2011 por importe de 334,66 euros más IVA (394,90 euros), el 21 de julio de 2011 por 41,53 euros más IVA (49,01 euros), el 22 de julio de 2011 por importe de 240,00 euros más IVA (283,20 euros) y el 26 de julio de 2011 por importe de 491,53 euros más IVA (580,01 euros).

El total de los equipos informáticos que se llevó Carlos Manuel sin intención de abonar su importe ascienden a 2.241,13 euros. Los cargos a la cuenta que Carlos Manuel facilitó para pagar los efectos que se llevó fueron rechazados. Carlos Manuel nunca tuvo la intención de pagar los equipos informáticos de los que ilícitamente se apropió, cuyo importe no satisfizo, ni restituyo los equipos a Datasistemas, SA."

El fallo de la indicada sentencia dice textualmente: "Debo CONDENAR Y CONDENO a Carlos Manuel como autor, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, de un DELITO CONTINUADO DE ESTAFA, a la pena de DOS AÑOS DE PRISIÓN así como la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y abono de las costas incluidas las de la acusación particular. Asimismo Carlos Manuel indemnizará a DATASISTEMAS SA en DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN EUROS CON TRECE CÉNTIMOS (2.241,13 euros) con los intereses del art. 576 de la LEC ."

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la representación de Carlos Manuel en base a los motivos que en el correspondiente escrito se indican y que serán objeto del fondo del recurso.

TERCERO

Elevados los Autos a esta Audiencia, se dio traslado de los mismos al Magistrado/a Ponente a los efectos de acordar sobre celebración de vista y, en su caso, sobre admisión de la prueba propuesta.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista,...

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