SAP Orense 282/2013, 28 de Junio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución282/2013
Fecha28 Junio 2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

OURENSE

APELACIÓN CIVIL

La Audiencia Provincial de Ourense, constituida por los Señores, D. Fernando Alañón Olmedo, Presidente, Dª Ángela Domínguez Viguera Fernández y Dª Josefa Otero Seivane, Magistrados, ha pronunciado, en nombre de S.M. El Rey, la siguiente

SENTENCIA: 00282/2013

En la ciudad de Ourense a veintiocho de junio de dos mil trece.

VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de Procedimiento Ordinario procedentes del Juzgado de Primera Instancia Dos de Ourense, seguidos con el n.º 958/2010, Rollo de Apelación núm. 349/2012, entre partes, como apelante, Tad Logística Ourense SL, representado por la procuradora Dª. Sonia Ogando Vázquez, bajo la dirección del letrado D. Jorge Temes Montes, y, como apelado, D. Oscar, representado por la procuradora Dª Inés Fernández Ramos, bajo la dirección del Letrado D. Víctor Manuel Gurdiel Fernández, habiendo sido asimismo parte la Asociación Ciudad de los Muchachos, en rebeldía procesal.

Es ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Josefa Otero Seivane.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia Dos de Ourense, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 29 de marzo de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador Sra. Sonia Ogando Vázquez en nombre y representación de la mercantil "Tad Logística Ourense S.L.", contra D. Oscar y contra la Asociación ciudad de los Muchachos, debo absolver y absuelvo a los referidos demandados de las pretensiones deducidas en su contra, con imposición de las costas procesales a la parte actora. ... ".

Segundo

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación de Tad Logistica Ourense SL recurso de apelación en ambos efectos, habiéndose opuesto al mismo la representación de Oscar, y seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.

Tercero

En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La acción de deslinde que el artículo 348 CC concede a todo propietario o titular de un derecho real se dirige a la delimitación material y externa de fincas contiguas mediante el trazado de la línea divisoria pertinente y el consiguiente amojonamiento, siendo consecuencia y complemento del derecho de propiedad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR