SAP Madrid 231/2013, 17 de Mayo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución231/2013
Fecha17 Mayo 2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 21

MADRID

SENTENCIA: 00231/2013

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 21

1280A

C/ FERRAZ, 41

Tfno.: 914933872-73-06-07 Fax: 914933874

N.I.G. 28000 1 0010315 /2011

Rollo: RECURSO DE APELACION 823 /2011

Proc. Origen: JUICIO VERBAL 1718 /2010

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 56 de MADRID

Ponente: ILMA. SRA. Dª Mª ALMUDENA CANOVAS DEL CASTILLO PASCUAL

MC

De: ARRENDAMIENTOS CAMELIAS, S.L.

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

Contra: MEDIA MARKT

Procurador: ISIDRO ORQUIN CEDENILLA

SENTENCIA

MAGISTRADOS Ilmos Sres.:

D. GUILLERMO RIPOLL OLAZABAL

Dª ROSA MARIA CARRASCO LOPEZ

Dª Mª ALMUDENA CANOVAS DEL CASTILLO PASCUAL

En Madrid, a diecisiete de mayo de dos mil trece. La Sección Vigesimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto, en grado de apelación, los autos de juicio verbal número 1718/2010, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 56 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como Apelante-Demandante: Arrendamientos Camelias S.L, y de otra, como ApeladoDemandado: Media Markt San Sebastián de los Reyes Video-Tv-Hifi-Computer S.A.

VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª ALMUDENA CANOVAS DEL CASTILLO PASCUAL. I.- ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 56 de Madrid, en fecha 2 de noviembre de 2010, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que DESESTIMANDO INTEGRAMENTE la demanda interpuesto por ARRENDAMIENTOS CAMELIAS S.L. contra MEDIA MARKT SAN SEBASTIAN DE LSO REYES VIDEO-TV- HIFI-COMPUTER S.A., DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a la reseñada demandada de todos los pedimentos efectuados en su contra y con expresa imposición de las costas a la parte actora."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, admitido en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada, quién se opuso en tiempo y forma. Elevándose los autos junto con oficio ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de 25 de febrero de 2013, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 14 de mayo de 2013.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los fundamentos jurídicos de la resolución recurrida en tanto que se opongan a los siguientes.

PRIMERO

La entidad Arrendamientos Camelias S.L formuló demanda de juicio verbal a fin de que se declarara que tenía derecho a la reparación de un aparato Mp4, por ella adquirido en el establecimiento de Media Markt San Sebastián de los Reyes Video-Tv-Hifi-Computer S.A, y ello al detectar un defecto en él mismo dentro del plazo de garantía de dos años que constaba tenía.

Media Markt San Sebastián de los Reyes Video-Tv-Hifi-Computer S.A se opuso a las pretensiones frente a la misma deducidas, alegando que el reproductor adquirido por Arrendamientos Camelias S.L en el establecimiento del que era titular, se había integrado en el proceso productivo de aquélla, utilizándose para crear un buen ambiente en sus oficinas, como había indicado en su demanda, resultando que habiendo integrado la actora, que además era una persona jurídica, en su proceso productivo el Mp4 por ella adquirido, no tendría desde luego la protección del consumidor a que se refería la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, siendo de aplicación al supuesto de hecho enjuiciado las previsiones contenidas en el Código de Comercio, sin que hubiera denunciado Arrendamientos Camelias S.L defecto alguno en el aparato reproductor por ella adquirido en el término señalado en las normas referidas, alegando, por otra parte, que tampoco había mostrado la parte actora su disconformidad con el producto adquirido en el término de los seis meses al efecto previsto en el art 123 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios .

La Juzgadora de instancia dictó sentencia en la que vino a desestimar las pretensiones deducidas por la parte actora en la litis, al dudar de la cualidad de consumidor de Arrendamientos Camelias S.L, al haber adquirido el Mp4 litigioso para integrarlo en su proceso productivo, además de no tener por acreditada la causa de su disconformidad con el Mp4 objeto de su reclamación, siendo contra dicha resolución frente a la que ha mostrado su desacuerdo la entidad en la litis actora por considerar que ella si tenía la cualidad de consumidor, pese a lo indicado en la resolución recurrida, habiendo mostrado su disconformidad en el plazo legalmente previsto, siendo la parte demandada quien desde luego había actuado con mala fe.

SEGUNDO

Para resolver las cuestiones en la litis debatidas, debemos partir del hecho no discutido por las partes en litigio de la cierta compra por parte de Arrendamientos Camelias S.L de un Ipod Touch Mp4, por un precio de 249 #, en el establecimiento de la entidad demandada, sito en la localidad de San Sebastián de los Reyes, y ello con fecha 17...

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