SAP Zamora 75/2013, 30 de Abril de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución75/2013
Fecha30 Abril 2013

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

Z A M O R A

Rollo nº: RECURSO DE APELACIÓN Nº 304/12

Nº Procd. Civil : 31/12

Procedencia : Primera Instancia de Zamora nº 1

Tipo de asunto : Pieza de Oposición a la Ejecución

---------------------------------------------------------Este Tribunal compuesto por los Señores Magistrados que se expresan al margen, han pronunciado

E N N O M B R E D E L R E Y

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 75

Ilustrísimos/as Sres/as

Presidente/a

D. LUIS BRUALLA SANTOS FUNCIA.

Magistrados/as

D. PEDRO JESÚS GARCÍA GARZÓN

Dª.ESTHER GONZÁLEZ GONZÁLEZ

--------------------------------------------------------------En la ciudad de ZAMORA, a 30 de abril de 2013.

Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de procedimiento de Pieza de Oposición a la Ejecución nº 31/12, seguidos en el JDO. 1A. INST. Nº 1 de Zamora, RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 304/12; seguidos entre partes, de una como apelante D. Jon, representado por el Procurador D. DIEGO AVEDILLO SALAS, y dirigido por el Letrado D. MIGUEL ANGEL MARTÍN ANERO, y de otra como apelada Dª Sandra, representada por el Procurador D. JOSÉ DOMÍNGUEZ TORANZO y dirigida por el Letrado D. SANTIAGO RUBIO RUBIO y como apelado no opuesto el Ministerio Fiscal, sobre ejecución de medidas acordadas en sentencia de divorcio.

Actúa como Ponente, el Iltmo Sr. D. ESTHER GONZÁLEZ GONZÁLEZ.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

Por el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.º 1 de Zamora, se dictó sentencia de fecha 31 de julio de 2012, cuya parte dispositiva, dice: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda presentada por la representación procesal de Don Jon contra Doña Sandra, debo condenar y condeno a esta última a pagar al ejecutante la cantidad de 329,32 Euros en concepto de alimentos correspondientes a los meses de Julio y Octubre de 2011, y a pagar la cantidad de 120 euros de gastos extraordinarios.- Sin expreso pronunciamiento en costas."

SEGUNDO

Contra mencionada resolución interpuso la parte demandante el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo y, no habiéndose celebrado vista pública y habiéndose solicitado por la representación procesal de la parte apelante la admisión de documentación, resolviendo sobre lo solicitado por auto de fecha 20 de noviembre de 2012 se a cuerda la admisión de los documentos aportados, quedando práctica de prueba, quedando el procedimiento para votación y fallo, señalándose el día 7 de marzo de 2013 .

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

El presente recurso de apelación se interpone frente a la Sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Zamora, en fecha 31 julio de 2012, por la que se resolvió el incidente de oposición instado por doña Sandra frente a la ejecución de la Sentencia de divorcio solicitada por Don Jon y que estimó parcialmente dicha oposición condenando a Doña Sandra a que abordase la cantidad de 329.32#, correspondiente a los alimentos de los meses de julio y octubre del 2011 y a pagar la cantidad de 120 euros de gastos extraordinarios.

El recurso de apelación se formula en atención a los siguientes argumentos: 1) incorrecta aminoración de la cantidad de 20.68#, en conceptos de alimentos, porque obedece a la actualización del IPC. 2) Aminorar la cantidad solicitada en relación al 50% de gastos extraordinarios relativos a clases particulares de inglés y matemáticas o haberlos contabilizado de forma incorrecta. 3) Incorrecta exclusión de los gastos extraordinarios de libros, material escolar, seguro escolar y matrícula. 4) Exclusión de la mitad de los gastos de la vivienda de Palencia, y finalmente las costas. El recurso de apelación se completó por escrito del 18 septiembre 2012, señalando como motivo de recurso el haber excluido las clases de inglés como gasto extraordinario y el error en la indicación de la pensión compensatoria que tiene que abonar el ejecutante a la ejecutada.

Por su parte la ejecutada contestó el recurso oponiéndose al mismo.

SEGUNDO

En primer lugar en cuanto a la minoración de la cantidad de 20.68#, debe señalarse que como se recoge en el escrito de recurso la Sentencia de divorcio estableció una obligación alimenticia a cargo de la madre, ejecutada, de 175 # mensuales, sin embargo no se estableció nada al respecto de la actualización de dicha pensión alimenticia, por lo que y de conformidad con lo establecido para la...

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