SAP Granada 76/2013, 22 de Febrero de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha22 Febrero 2013
Número de resolución76/2013

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA

SECCION CUARTA

ROLLO Nº : 548/12

JUZGADO: SANTA FE 3.

AUTOS: CAMBIARIO Nº: 1.696/10

PONENTE SR. MOISÉS LAZÚEN ALCÓN.

SENTENCIA NÚM. 76

ILTMOS. SEÑORES:

PRESIDENTE

D. ANTONIO GALLO ERENA

MAGISTRADOS

D. MOISÉS LAZÚEN ALCÓN Y

D. JUAN FRCO RUIZ RICO RUIZ.

En la ciudad de Granada a veintidós de febrero de 2013. La Sección Cuarta de esta Iltma. Audiencia Provincial, ha visto, en grado de apelación los precedentes autos de juicio Cambiario nº 1696/10, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Santa Fe, en virtud de demanda de MONPER 97 SL.

, representado en esta instancia por el Procurador Sr. Sr. Rebertos Báez y bajo la dirección del letrado D. Fernando Conde Prados; contra CONSTRUCCIONES JARA DE LA TORRE SL, representado en esta alzada por la Procuradora Sra. Espadas Ledesma y bajo la dirección letrada de D. Enrique Rodríguez Zarza.

Aceptando como relación los "Antecedentes de Hecho" de la sentencia apelada, y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida sentencia, fechada en veintisiete de febrero de 2012, contiene el siguiente fallo: "Se desestima la demanda de oposición cambiaria formulada por Dª María José Montoro Jiménez, en nombre y representación de construcciones Jara de la Torre S.L. En consecuencia, condeno solidariamente a Construcciones Jara de la Torre S.L., y a Construcciones Aljibe Fenoy S.L., al pago a favor de la entidad Monper 97 S.L. de la cantidad de 7.784,49 # más los intereses generados por dicha cantidad al tipo del interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde el 30 de noviembre de 2009 hasta el completo pago de lo debido. Finalmente, condeno a Construcciones Jara de la Torre SL al pago de las costas procesales causadas en este procedimiento".

SEGUNDO

Sustanciado y seguido el presente recurso, por sus tramites ante esta Iltma. Audiencia Provincial, en virtud de apelación interpuesta por la parte demandada, por escrito y ante el Órgano que dictó la sentencia; de dicho recurso se dio traslado a demás partes, para su oposición o impugnación; tras ello se elevaron las actuaciones a este Tribunal, señalándose día para su Votación y Fallo, en que ha tenido lugar. TERCERO .- Han sido observadas las prescripciones legales de trámite.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. MOISÉS LAZÚEN ALCÓN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la Sentencia dictada en 27-2-12, por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Santa Fe, en juicio Cambiario 1696/10, seguido por demanda de Monper 97, SL, frente a Construcciones Jara de la Torre, SL, en reclamación de 7.784,49 # de principal, se interpuso por Construcciones Jara de la Torre SL, recurso de apelación, que ha originado el Rollo 548/12, de esta Sala, que resolvemos y que articula en base a los siguientes motivos: a) Infracción del art. 67 LCCH, relación con los arts. 9, 94-7 º y 97 de la misma, e infracción del art. 62, b) Infracción del art. 67-2º, en relación con el art. 19 LCCH, c) Infracción del art. 24 de la CE .

SEGUNDO

1er Motivo.- Sostiene la infracción de los aludidos preceptos: "entendemos que el pagaré fue rechazado por la entidad al faltar una de las firmas mancomunadas. Si la cuenta sobre la que se gira el pagaré es en efecto de la empresa, pero el título requiere para su validez la firma mancomunada del administrador de la empresa junto con otra firma, es motivo, no sólo para que el pagaré sea rechazado por la entidad, sino que el título carece de validez...

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