STSJ Cataluña 174/2013, 1 de Marzo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución174/2013
Fecha01 Marzo 2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

Recurso de apelación contra sentencias nº 302/2012

Partes: Rodrigo

C/ SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA

S E N T E N C I A Nº 174

Ilmos. Sres. Magistrados:

Don Emilio Berlanga Ribelles

Don Javier Bonet Frigola

Doña Montserrat Figuera Lluch

En la ciudad de Barcelona, a uno de marzo de dos mil trece.

VISTOS POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA (SECCIÓN SEGUNDA), constituída para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el rollo de apelación nº 302/2012, interpuesto por Rodrigo, representado por la Procuradora de los Tribunales MARIA ROSARIO ALCOBA ESTEVEZ y asistido de Letrado, contra la SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA, representada y defendida por el ABOGADO DEL ESTADO.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Javier Bonet Frigola, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado Contencioso Administrativo 12 de Barcelona dictó en el Procedimiento abreviado nº 80/2011, la Sentencia nº 14/2012, de fecha 9 de enero de 2012, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "HE RESOLT desestimar el recurs presentat pel Don Rodrigo i confirmar la resolució impugnada en tots els seus extrems, sense pronunciament sobre les costes processals.".

SEGUNDO

Contra dicha resolución, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal previo emplazamiento de las partes, siendo parte apelante Rodrigo y apelada SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA.

TERCERO

Desarrollada la apelación se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 1 de marzo de 2013.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

D. Rodrigo, interpone recurso de apelación contra la Sentencia de fecha 9 de enero de 2012, del Juzgado Contencioso Administrativo num. 12 de Barcelona, que desestimó el recurso contencioso administrativo interpuesto por el apelante, de nacionalidad pakistaní, contra la Resolución de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona de fecha 2 de diciembre de 2010, por la que se acordó imponerle la sanción de expulsión del territorio nacional con prohibición de entrada en España por un período de 3 años, por la comisión de la infracción tipificada en el artículo 53.a) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social (en adelante LOE).

SEGUNDO

La parte apelante, afirma en el recurso interpuesto que en atención al principio de proporcionalidad le debió ser impuesta una sanción de multa en lugar de la expulsión del territorio nacional por cuanto residen en España desde hace 3 años, y carece de antecedentes penales y policiales.

Por su parte la Abogacía del Estado se opone al recurso presentado, al considerar adecuadamente motivada la Resolución impugnada, y proporcional la sanción impuesta.

TERCERO

La Sentencia apelada realiza una correcta exposición de la normativa y jurisprudencia aplicable en materia de expulsiones de ciudadanos extranjeros que han cometido la infracción tipificada en el artículo 53.a) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, reconociendo incluso la posibilidad de la motivación "in aliunde" del acto administrativo sancionador dictado. En este sentido, el Tribunal Constitucional en su Sentencia de 26 de noviembre de 2009, ha expuesto que:

En concreto, y por lo que se refiere al régimen sancionador en materia de extranjería y a la posibilidad prevista legalmente en el art. 57 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, de que en los casos de comisión de determinadas infracciones se puede imponer, en lugar de la sanción de multa, la expulsión del territorio nacional, este Tribunal ha puesto de manifiesto que la imposición de la sanción de expulsión...

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