STSJ Comunidad de Madrid 950/2008, 1 de Julio de 2008

PonenteBERTA MARIA SANTILLAN PEDROSA
ECLIES:TSJM:2008:11750
Número de Recurso811/2007
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución950/2008
Fecha de Resolución 1 de Julio de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 00950/2008

SENTENCIA No 950

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN NOVENA

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. Ramón Verón Olarte

Magistrados:

Da. Ángeles Huet Sande

D. Juan Miguel Massigoge Benegiu

D. José Luis Quesada Varea

Dª. Berta Santillán Pedrosa

Dª. Margarita Pazos Pita

En la Villa de Madrid a uno de julio del año dos mil ocho.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el presente recurso de apelación nº 811/2007, interpuesto por la Procuradora Dña. Carmen Medina Medina, en nombre y representación de Dña. Emilia, contra la Sentencia de fecha 29 de junio de 2007 dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Madrid en el Procedimiento Ordinario nº 85/2006. Ha comparecido como parte apelada la Administración apelada, la Comunidad de Madrid.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Madrid, dictó Sentencia con fecha 29 de junio de 2007, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Que desestimando la demanda interpuesta por Dña. Emilia acuerdo no haber lugar a declarar la nulidad o anulabilidad del acto administrativo impugnado, designado en el fundamento primero, sin hacer expresa condena en costas".

SEGUNDO

La Procuradora Dña. Carmen Medina Medina, en nombre y representación de Dña. Emilia, interpuso en plazo recurso de Apelación contra dicho Auto. Y formula oposición la Comunidad de Madrid.

TERCERO

La Sección no consideró oportuna celebración de vista, ni otro trámite, quedando los autos pendientes de deliberación y sentencia, señalándose para votación y fallo el día 26 de junio de 2008.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dña. Berta Santillán Pedrosa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre en apelación la sentencia de fecha 29 de junio de 2007, dictada por el Juzgado de lo contencioso administrativo nº 1 de Madrid, recaída en el Procedimiento Ordinario nº85/2006. Dicha Sentencia dispone que:

"Que desestimando la demanda interpuesta por Dña. Emilia acuerdo no haber lugar a declarar la nulidad o anulabilidad del acto administrativo impugnado, designado en el fundamento primero, sin hacer expresa condena en costas".

Las resoluciones administrativas que se han confirmado por el Juez "a quo" deniegan a la parte apelante su solicitud de que se le conceda el uso o propiedad de la vivienda publica de Torrejón de Ardoz, Travesía de la Cañada, en que habita, en aplicación del articulo 17 de la Ley 18/2000, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad de Madrid. Y ello porque se lo impide el apartado tercero de dicho precepto que dispone que no se suscribirán contratos con aquellos ocupantes que hayan sido condenados por delito de usurpación de la vivienda en la que residan o que se encuentren incursos en causa penal por dicho delito, en tanto no se dicte sentencia firme absolutoria. Y como así se recoge en la sentencia impugnada en apelación, la apelante ha sido condenada por la comisión de un delito de usurpación por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Alcalá de Henares en Juicio Oral nº 361/2001...

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