SAP Madrid 327/2008, 27 de Junio de 2008

PonenteCARLOS LOPEZ-MUÑIZ CRIADO
ECLIES:APM:2008:10358
Número de Recurso295/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución327/2008
Fecha de Resolución27 de Junio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25

MADRID

SENTENCIA: 00327/2008

Fecha: 27 de Junio de 2008

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 295/2008

Ponente: ILMO. SR. D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO

Apelante y demandada: Dª. Antonia

PROCURADOR: D. EDUARDO CARLOS MUÑOZ BARONA

Apelada y demandante: EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE MADRID, S.A.

PROCURADOR: D. RAFAEL SÁNCHEZ-IZQUIERDO NIETO

Autos: JUICIO VERBAL -DESAHUCIO EN PRECARIO- 464/2007

Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 70 de MADRID

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. FRANCISCO MOYA HURTADO

D. ÁNGEL LUIS SOBRINO BLANCO

D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO

En MADRID, a veintisiete de junio de dos mil ocho.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 464/2007, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 70 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 295/2008, en los que aparece como parte apelante: Dª. Antonia representada por el procurador D. EDUARDO CARLOS MUÑOZ BARONA, y como apelada: EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE MADRID, S.A. representada por el procurador D. RAFAEL SÁNCHEZ-IZQUIERDO NIETO, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que los autos originales núm. 464/2007, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 70 de los de Madrid, fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

SEGUNDO

Que por el Ilmo. Sr. D. José Luis González Vicente, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 70 de Madrid, se dictó sentencia con fecha 22 de noviembre de 2007, cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.- "Que ESTIMANDO la demanda formulada por la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, representados por el Procurador de los Tribunales Rafael Sánchez-Izquierdo Nieto, contra la parte demandada Dª. Antonia, debo DECLARAR Y DECLARO haber lugar al desahucio por precario, respecto del inmueble a que se refieren las presentes actuaciones codenando a su desalojo dentro del plazo legal, todo ello con expresa condena en cuanto a las costas causadas en esta instancia a la parte actora."

TERCERO

Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandada, el Procurador Sr. D. Eduardo Muñoz Barona, dándole traslado del mismo a la parte demandante, quien presentó en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso...

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