STSJ Canarias 703/2008, 27 de Mayo de 2008
Ponente | JUAN IGNACIO PEREZ ALFEREZ |
ECLI | ES:TSJICAN:2008:1899 |
Número de Recurso | 5/2008 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 703/2008 |
Fecha de Resolución | 27 de Mayo de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3
MADRID
SENTENCIA: 10703/2008
Recurso de Apelación nº. 5/2008
Ponente: D. Juan Ignacio Pérez Alférez
Parte Apelante: Maribel
Procurador: Eduardo Codes Feijoo
Parte Apelada: TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIIDAD SOCIAL
Representante: Letrado de la TGSS
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SENTENCIA NÚM.- 703
ILTMO. SR. PRESIDENTE
D. Gustavo Lescure Ceñal
ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS
D. Juan Ignacio Pérez Alférez
Dª. Pilar Maldonado Muñoz
....................................................
En Madrid, a veintisiete de mayo de dos mil ocho.
Visto por la Sección del margen el recurso de apelación nº 5/2008, interpuesto por el Procurador D. Eduardo Codes Feijoo, en nombre y representación de Dª. Maribel, contra la Sentencia de 9 de abril de 2007, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 15 de Madrid, en Procedimiento Ordinario núm. 99/05, habiendo sido parte apelada la Tesorería General de la Seguridad Social, representada por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.
La referida representación procesal de la parte impugnante formuló recurso de apelación frente a la resolución judicial reseñada, solicitando la revocación de la misma, y siguiéndose por el correspondiente Juzgado de lo Contencioso Administrativo los trámites procedimentales previsto en los arts. 80.3 y 85 y siguientes de la Ley Jurisdiccional 29/1998.
Recibidas en esta Sala las actuaciones y documentaciones correspondientes al recurso de apelación, y no habiéndose solicitado por las partes la celebración de vista o la presentación de conclusiones, ni estimando la Sala necesario ninguno de tales trámites, se señaló fecha para la votación y fallo del recurso de apelación, que tuvo lugar el día 26 de mayo de 2008.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Ignacio Pérez Alférez.
La representación procesal de Doña Maribel ha promovido un recurso jurisdiccional contra la Sentencia de 9 de abril de 2007, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 15 de Madrid, en Procedimiento Ordinario núm. 99/05, que desestimó el recurso jurisdiccional interpuesto contra la resolución de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid de 13 de diciembre de 2004, confirmatoria de la diligencia de embargo de bienes en Expediente de Apremio núm. 28-24-03-NUM000, al desestimar por extemporáneo el recurso de alzada interpuesto contra la misma.
La Sentencia impugnada declara la desestimación del recurso por compartir la tesis de extemporaneidad del recurso administrativo que mantiene la resolución impugnada, entendiendo que la diligencia de embargo fue notificada el día 19 de julio de 2004 según se acredita por diligencia firmada por la apelante, y la fecha de interposición del recurso administrativo, la de 1 de octubre de 2004. Dicha tesis no puede ser compartida en esta sentencia, pues según se desprende de la diligencia de notificación mencionada, cuya fotocopia figura en el folio 46 del expediente administrativo, en la misma aparece la que se supone firma no negada de la interesada y el número de su D.N.I.: NUM001,...
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