SAP Ciudad Real 24/2013, 29 de Enero de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 24/2013 |
Fecha | 29 Enero 2013 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
CIUDAD REAL
SENTENCIA: 00024/2013
APELACION CIVIL
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION SEGUNDA
CIUDAD REAL
RECURSO DE APELACION (LECN) 0000279/2012 (f)
Autos: Juicio Modificación de medidas 339/11
Juzgado: Primera Instancia num. 1 de Alcazar de San Juan
Ilmos. Sres.
Presidente:
Dª CARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO
Magistrados:
D. IGNACIO ESCRIBANO COBO
D. FULGENCIO VICTOR VELAZQUEZ DE CASTRO PUERTA
D. JOSE MARIA TAPIA CHINCHON
S E N T E N C I A NUM. 24/2013
En Ciudad Real, a veintinueve de enero de dos mil trece.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 002, de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL, los Autos de MODIFICACION DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO 0000339 /2011, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de ALCAZAR DE SAN JUAN, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000279 /2012, en los que aparece como parte apelante, Emilio, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. EVA MARIA SANTOS ALVAREZ, asistido por el Letrado D. OSCAR MANUEL RIVAS GOMEZ, y como parte apelada, Otilia, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. FRANCISCO SERRANO GONZALEZ, asistido por el Letrado D. EDUARDO J. GARCÍA VILLAJOS, siendo parte el MINISTERIO FISCAL, sobre Modificación de medidas, siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. IGNACIO ESCRIBANO COBO.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDI. DE PRIMERA INSTANCIA num. 1 de Alcazar de San Juan, por el mismo se dictó Sentencia con fecha 9 de febrero de 2012 cuya parte dispositiva dice: Que debo desestimar y desestimo integramente la demanda formulada por la procuradora Dª Pilar Diaz Pavon Molina, en nombre y representación de D. Emilio y, en consecuencia, y, en consecuencia acuerdo que se mantengan las medidas acordadas en sentencia de separación de 29 de noviembre de 2004 y ratificadas con la sentencia de divorcio contencioso 88/06 de fecha 25 de mayo de 2006 .
No ha lugar a hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales.
Notificada dicha resolución a las partes, por la demandante se interpuso recurso de apelación y cumplidos los trámites correspondientes fueron remitidos a este Tribunal donde han comparecido los litigantes, sustánciándose el recurso en la forma legalmente establecida, señalándose para el acto de la votación y fallo el DIA 29 de enero de 2013.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Se articula por la representación procesal de D. Emilio, recurso de apelación contra la sentencia dictada con fecha 9 de Febrero de 2.012, por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de los de Alcázar de San Juan, en los autos de juicio civil sobre modificación de medidas, seguidos ante dicho juzgado bajo el número 339/2.011, viniendo a suplicar su revocación, con correlativa estimación íntegra del suplico inserto en el escrito rector de demanda, respecto a la extinción de la pensión alimenticia de su hijo Lorenzo .
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...sentido puede resultar ilustrativo reproducir unos párrafos de la siguiente sentencia. SAP, Civil Sección 2 del 29 de enero de 2013 ROJ SAP CR 121/2013). "Segundo.- El recurso aludido viene a vertebrarse substancialmente en denuncia de comisión el Juzgador a quo de infracción de lo previsto......