SAP Valencia 132/2008, 29 de Abril de 2008

PonenteBEATRIZ GODED HERRERO
ECLIES:APV:2008:1752
Número de Recurso16/2008/
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución132/2008
Fecha de Resolución29 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 5ª

132/2008

1

AUTO

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN QUINTA

VALENCIA

Rollo de apelación Sentencia Menores Nº 16/08

Juzgado de Menores nº 2 de Valencia

Rollo nº 401/2005

R.G.F. 1464/05

SENTENCIA Nº 132 /08

=====================================================

ILTMOS. SEÑORES MAGISTRADOS:

D. DOMINGO BOSCA PÉREZ

Dª. BEATRIZ GODED HERRERO

Dª. ISABEL SIFRES SOLANES

En la ciudad de Valencia, a 29 de abril de dos mil ocho.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia, compuesta por los señores anotados al margen, ha visto el recurso de apelación en ambos efectos contra sentencia de fecha 28 de diciembre de 2007, dictada en el Rollo nº 401/05 del Juzgado de Menores nº 2 de Valencia, dimanante de expediente de referencia. Han sido partes en el recurso, como apelantes, los menores Gonzalo, representado y defendido por la Letrada doña María Trinidad Capó Camps; y VITALI FITO TUR, representado y defendido por la letrada Dª Olga Vilardell Mir y, como apelado, el MINISTERIO FISCAL, actuando como Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª BEATRIZ GODED HERRERO, quién expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia apelada declaró probados los siguientes hechos: sobre las 19:30 horas del día 18 de febrero de 2005 los menores Gonzalo Y VITALI FITO TUR, puestos de común acuerdo y con la intención de beneficiarse económicamente a costa de lo ajeno, ab ordaron en la Plaza Porta de la Mar a la pareja de novios Ricardo y Blanca, a quienes, so pena de "darles una paliza" les pidieron el móvil que llevaba el joven, registrándole la ropa, sin apoderarse finalmente de efecto alguno, abandonando el lugar ante la presencia de otras personas en el lugar.

SEGUNDO

El fallo de la sentencia apelada literalmente dice: Que debo condenar y condeno a VITALI FITO TUR y a Gonzalo, como autores de un delito de robo con intimidación en grado de tentativa a la medida de un año de libertad vigilada para cada uno de ellos.

TERCERO

Notificada dicha sentencia a las partes, por las letradas que representan y defienden los intereses de los menores Gonzalo y Vitali Fito Tur, se interpusieron sendos recursos de apelación contra la misma, y tras los oportunos trámites, se elevaron las actuaciones a esta Audiencia, que las turnó a esta Sección en fecha 14-4-08, señalándose para su vista y deliberación el día 29-4-08, en que han quedado vistas para sentencia.

CUARTO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los declarados probados en la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Las defensas letradas de los dos menores Gonzalo y Vitali Fito Tur articulan su recurso contra la sentencia dictada por el Juzgado, sobre las base de los mismos motivos y con idénticos argumentos: error en la apreciación de los hechos probados;...

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