SAP Cuenca 25/2013, 29 de Enero de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha29 Enero 2013
Número de resolución25/2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

CUENCA

SENTENCIA: 00025/2013

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

CUENCA

APELACION CIVIL NUM. 449/2012

Divorcio Contencioso núm. 495/09 Juzgado de Primera Instancia núm. 1

de CUENCA.

Ilmos Sres:

Presidente:

Sr. Martínez Mediavilla

Magistrados:

Sr. Casado Delgado

Sr. Ramón Ruiz Jiménez

S E N T E N C I A NUM. 25/2013

En la ciudad de Cuenca, a veintinueve de Enero de dos mil trece.

Vistos en trámite de recurso de apelación los autos de divorcio contencioso num. 495/09, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Cuenca y su partido, promovidos a instancia del Procurador de los Tribunales Don José Antonio Nuño Fernández, en nombre y representación de DOÑA Penélope asistida del Letrado Don Luís Benavent García contra DON Pablo Jesús representado por la Procuradora Doña María Jesús Porres del Moral y asistido de la letrada Doña María Jesús Lozano Gómez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos indicados al margen se dictó sentencia de fecha dieciocho de octubre de dos mil doce, en cuya parte dispositiva se establecía, literalmente:

" Estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador D. José Antonio Nuño Fernández en nombre y representación de Dª Penélope se acuerda el divorcio de Don Pablo Jesús y Dª Penélope y se adoptan las siguientes medidas 1) Se establece como pensión compensatoria a favor de Dª Penélope la cantidad de CIENTO CINCUENTA EUROS mensuales. Dicha cantidad se ingresará por parte de Pablo Jesús en la cuenta bancaria que designe Penélope dentro de los cinco primeros días de cada mes y se irá incrementando conforme el IPC del Instituto Nacional de Estadística u Organismo que lo sustituya. 2) Se atribuye el uso del domicilio familiar sito en la CALLE000 número NUM000 de la localidad de Narboneta a Penélope por el plazo de tres años y se desestima las demás medidas pedidas por la referida Penélope .

No se hace pronunciamiento sobre costas."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso por Don José Antonio Nuño Fernández, procurador de los Tribunales en nombre y representación de DOÑA Penélope, recurso de apelación en tiempo y forma. Se tiene por interpuesto por medio de Providencia de fecha veinte de noviembre de dos mil doce, dando traslado del mismo a las demás partes personadas a fin de presentar escrito de Oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que les resulte desfavorable.

Con fecha 29 de noviembre de 2012, Doña María Jesús Porres Moral, Procuradora de los tribunales, en nombre y representación de D. Pablo Jesús, presenta escrito de Oposición al recurso de Apelación interpuesto de contrario. Se tiene por formalizado el trámite de oposición al recurso en Diligencia de Ordenación de fecha tres de diciembre de dos mil doce, remitiéndose los autos a la Audiencia Provincial de Cuenca, con emplazamiento de las partes ante ella por término de diez días.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial, con fecha cinco de diciembre de dos mil doce, se procedió a formar el correspondiente rollo de apelación, asignándosele el número 449/2012, turnándose ponencia al Iltmo. Sr. D. Ramón Ruiz Jiménez. Se señala por Providencia de fecha dieciséis de enero de dos mil trece para la deliberación, votación y fallo el día veinticuatro de enero de dos mil trece.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia de instancia en lo que no contradigan a los que se exponen ahora.

PRIMERO

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