AAP Madrid 7/2013, 18 de Enero de 2013

PonenteJESUS CELESTINO RUEDA LOPEZ
ECLIES:APM:2013:975A
Número de Recurso939/2012
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución7/2013
Fecha de Resolución18 de Enero de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18

MADRID

AUTO: 00007/2013

Rollo: RECURSO DE APELACION 939 /2012

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 820 /2011

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 73 de MADRID

Ponente: ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ

APELANTE : Lázaro

Procurador: ANA CARO ROMERO

APELADO : ANTENA 3 DE TELEVISION SA, DIRECTOR DEL PROGRAMA ALERTA 112

Procurador: MANUEL LANCHARES PERLADO, SIN PROFESIONAL ASIGNADO

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ

ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ

ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ

En MADRID, a dieciocho de enero de dos mil trece.

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre derecho al honor, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 73 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante D. Lázaro representado por la Procuradora Sra. Caro Romero y de otra como apelada demandada ANTENA 3 DE TELEVISIÓN, S.A. representada por el Procurador Sr. Lanchares Perlado y como apelado demandado incomparecido el DIRECTOR DEL PROGRAMA ALERTA 112, con intervención del Ministerio Fiscal, seguidos por el trámite de Juicio Ordinario.

Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 73 de Madrid, en fecha 29/02/2012, se dictó auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "ESTIMO íntegramente la cuestión procesal previa de CADUCIDAD DE LA ACCIÓN promovida por el actor y, por ello, DECRETO EL SOBRESEIMIENTO de este procedimiento ordinario 820/2011, seguido a instancia de D. Lázaro, representado por la Procuradora Dª Ana Caro Romero contra la mercantil ANTENA 3 TELEVISIÓN, S.A., representada por el Procurador D. Manuel Lanchares Perlado, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, y en consecuencia, ORDENO el archivo de las actuaciones.

Todo ello con expresa condena en costas a la parte actora.".

SEGUNDO

Por la parte demandante se interpuso recurso de apelación contra el meritado auto, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 14 de enero de 2013.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Visto el contenido del recurso de apelación formulado contra el auto de instancia de 29 de

febrero de 2012 por el que se acordaba el sobreseimiento del presente proceso al entenderse caducada la acción ejercitada de protección civil de derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, en aplicación del artículo 9.5 de la Ley Orgánica 1/1982 de 5 de mayo, excepción alegada por la demandada comparecida y por el Ministerio Fiscal, en tal recurso se insta la revocación del citado auto no para que esta Sala se pronuncie sobre la concurrencia o no de tal caducidad sino para que se ordene la prosecución del curso de los autos celebrándose el correspondiente acto de vista en el que pueda acreditarse, entre...

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