SAP Murcia 12/2013, 9 de Enero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución12/2013
Fecha09 Enero 2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00012/2013

J. Murcia nº Cuatro

Ordinario 1701/2011

S E N T E N C I A nº 12/2013

Ilmos Sres.

D. Andrés Pacheco Guevara

Presidente

D. Fernando López del Amo González

Dª. María Pilar Alonso Saura

Magistrados

En Murcia, a nueve de enero de dos mil trece.

Habiendo visto en grado de apelación la SECCION PRIMERA de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 1701/2011, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Murcia nº Cuatro, entre las partes: como actora Pura, Hugo y Millán y Africa, representada por el Procurador Sr/a. Nuñez Herrero y defendida por el Letrado Sr/a. Alcaráz Conesa, y como demandada "Obras y Proyectos Fuensanta, S.L.", representada por el Procurador Sr/a. Carles Cano-Manuel y defendida por el Letrado Sr/a. Carrasco García.

En esta alzada actúa como apelante "Obras y Proyectos Fuensanta, S.L.", representada por el Procurador Sr./a. Carles Cano-Manuel y como apelada Pura, Hugo y Millán y Africa, representada por el Procurador Sr./a. Nuñez Herrero. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado, con fecha 26 de diciembre de 2011 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Que estimando la demanda presentada por la Procuradora Dª ELVIRA NUÑEZ HERRERO en nombre y representación de Dª Pura, D. Hugo Y D. Millán Y Dª Africa contra LA MERCANTIL OBRAS Y PROYECTOS FUENSANTA, S.L. representada por la Procuradora Dª ELISA CARCELES CA NO MANUEL, debo declarar:

  1. - La resolución de los contrato de compraventa de viviendas celebrados en fechas 14 y 26 de septiembre de 2007 entre los litigantes por incumplimiento de las obligaciones de la demandada.

  2. - Asimismo, debo condenar a la parte demandada a que reintegre a los actores las siguientes cantidádes : A) A Dª Pura la cantidad de VEINTIUN MIL EUROS (21.000 #).

B) A D Hugo la cantidad de DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS EUROS (18.600 #).

C) A D. Millán la cantidad de VEINTICUATRO MIL EUROS (24.000 #).

D) A Dª Africa la cantidad de VEINTE MIL EUROS (20.000 #).

E) Más el interés legal de las precitadas cantidades desde la fecha de cada una de las entregas hasta el completo pago de la deuda y a las costas causadas en esta instancia."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la representación de "Obras y Proyectos Fuensanta, S.L.", siendo admitido en ambos efectos, dándose traslado a la contraparte que se opuso al mismo solicitando su confirmación.

Remitidos los autos originales a esta Audiencia se formó el oportuno Rollo por la Sección Primera con el nº 309/2012 procediéndose a fijar el día 8 de enero de 2013 para deliberación votación y fallo.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Juez de Instancia estimó la demanda formulada por Pura, Hugo y Millán y Africa contra "Obras y Proyectos Fuensanta,...

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