SAP Cantabria 363/2012, 19 de Julio de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 363/2012 |
Fecha | 19 Julio 2012 |
S E N T E N C I A nº 000363/2012
Presidente
D./Dª. Maria Jose Arroyo Garcia (Ponente)
Magistrados
D./Dª. Marcial Helguera Martinez
D./Dª. Joaquin Tafur Lopez de Lemus
En Santander, a 19 de julio de 2012.
Vistos en trámite de apelación ante esta AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION 4 de Cantabria los presentes autos de Procedimiento Ordinario (LPH - 249.1.8), Rollo de Sala nº 0000492/2011, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 6 de Santander.
En esta segunda instancia ha sido parte apelante Celestino, representado por el Procurador Sr/a. JAVIER CUEVAS IÑIGO, y defendido por el Letrado Sr/a. JAVIER GURRUCHAGA ORALLO; y parte apelada C.P. DIRECCION000 NUM000, representado por el Procurador Sr/a. RAÚL VESGA ARRIETA, y asistido del Letrado Sr/a. SERGIO DELGADO GALLO.
Es ponente de esta resolución el Iltmo. Sr. Magistrado D/Dña. Maria Jose Arroyo Garcia.
Por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 6 de Santander, en los autos de referencia, se dictó sentencia con fecha 30 de mayo de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"ESTIMAR INTEGRAMENTE LA demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Raúl Vesga Arrieta, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios DIRECCION000, NUM000 contra D. Celestino y Dª Luisa y, en consecuencia:
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- Declarar que la zona sita en el bajo cubierta del edificio junto al cuarto del ascensor es elemento común, hallándose ocupada indebidamente por los demandados.
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- Condenar a los demandados a cesar en su uso y a reintegrarlo a la comunidad en su estado original.
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- Imponer a los demandados las costas del juicio.".
Contra dicha sentencia la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia; y tramitado el mismo se remitieron las actuaciones a la Iltma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, habiendo correspondido, por turno de reparto, a esta Sección, donde tras la deliberación y el fallo del recurso, quedaron las actuaciones pendientes de dictarse la resolución correspondiente.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales, excepto el plazo para resolver el recurso, en razón a la existencia de otros asuntos civiles señalados con anterioridad.
Por la representación legal de D. Celestino se interpone recurso de Apelación contra la sentencia de instancia que estimó íntegramente las pretensiones de la demanda.
La actora ejercita acción dirigida a obtener el reintegro a la Comunidad de Propietarios del espacio situado en la bajo cubierta y que se proyecta sobre la vertical del piso propiedad de los demandados, al considerar que es un elemento común y no privativo. La demandada se opone y alega que dicho espacio ha sido utilizado desde el inicio de la comunidad de propietarios de forma exclusiva por los propietarios del piso NUM001 NUM002 de la DIRECCION000 nº NUM000 .
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