SAP Granada 11/2012, 13 de Enero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución11/2012
Fecha13 Enero 2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA

SECCIÓN TERCERA

ROLLO Nº 572/11 - AUTOS Nº 77/11

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE HUÉSCAR

ASUNTO: JUICIO VERBAL: TUTELA SUMARIA DE LA POSESIÓN

PONENTE SRA. ANGÉLICA AGUADO MAESTRO.

S E N T E N C I A N º 11

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. JOSÉ REQUENA PAREDES

MAGISTRADOS

D. ENRIQUE PINAZO TOBES

Dª ANGÉLICA AGUADO MAESTRO

En la Ciudad de Granada, a 13 de enero de 2012.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial constituida con los Iltmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo nº 572/11- los autos de Juicio Verbal nº 77/11, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Huéscar, seguidos en virtud de demanda de D. Jesús ; D. Leoncio ; CORTIJOS RURALES EL MONCAYO SOCIEDAD LIMITADA, representados por el procurador D. Santiago Cortinas Sánchez y defendidos por el letrado D. José Ramón Nogueras Soria; contra D. Millán, representado por la procuradora Dª Mª y defendido por el letrado D. David Arnedo Moya.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el mencionado Juzgado se dictó sentencia en fecha 25 de abril de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Desestimo la demanda interpuesta por el procurador Santiago Cortinas Sánchez en representación de Jesús y Leoncio frente a Millán y condeno a los demandantes al pago de las costas procesales. Estimo la demanda interpuesta por el procurador Santiago Cortinas Sánchez en representación de Cortijos Rurales el Moncayo S.L. frente a Millán y condeno al demandado a restituir la posesión del camino que nace en la carretera de DIRECCION001, hacia la finca de DIRECCION002 y toma la dirección hacia la finca DIRECCION000, pasando por la parcela catastral NUM000 del polígono NUM001 y a abstenerse en lo sucesivo de realizar actos perturbadores de la posesión del paso. Condeno al demandado al pago de las costas ".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria que se opuso al recurso; una vez remitidas las actuaciones a la Audiencia Provincial fueron turnadas a esta Sección Tercera el pasado día 30 de septiembre de 2011. TERCERO: Formado el rollo se señaló el día 12 de enero de 2012 para la votación y fallo con arreglo al orden establecido para estas apelaciones.

Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª ANGÉLICA AGUADO MAESTRO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación de don Millán interpone recurso de apelación frente a la sentencia dictada en primera instancia que estima la demanda y le condena a restituir el camino que nace en la carretera de DIRECCION001, hacia la finca de DIRECCION002 y toma dirección hacia la DIRECCION000, pasando por la parcela catastral NUM000, del polígono NUM001 y a abstenerse en lo sucesivo de realizar actos perturbadores de la posesión del paso, al entender que el Juzgado de Primera Instancia debió suspender la tramitación del procedimiento por prejudicialidad penal al instruirse un procedimiento penal sobre los mismos hechos, diligencias previas nº 391/2010 y, en todo caso, solicita la revocación de la sentencia al incurrir en error en la valoración de la prueba.

SEGUNDO

Con relación a la suspensión del procedimiento por prejudicialidad penal, solicitado ya en el acto del juicio y en lo que se insiste en este recurso, no puede accederse al no concurrir los requisitos legalmente exigibles para ello. En primer lugar, parece que los hechos objetos de este procedimiento se están enjuiciando en las diligencias previas nº 391/2010 que se tramitan ante el mismo Juzgado de Huéscar, sin embargo la parte que solicita la suspensión no aporta copia de las mencionadas diligencias que permitan conocer de qué forma este procedimiento que tiene por objeto proteger de manera sumaria la posesión y que, por tanto, no produce efectos de cosas juzgada, puede verse afectado por lo que se instruya en el procedimiento penal. No...

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