SAP Ávila 169/2012, 26 de Julio de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 169/2012 |
Fecha | 26 Julio 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
AVILA
SENTENCIA: 00169/2012
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
AVILA
Este Tribunal compuesto por los Señores Magistrados que se expresan al margen, ha pronunciado
EN NO MBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A N Ú M: 169 /2012
SEÑORES DEL TRIBUNAL
ILUSTRÍSIMOS SRES.
PRESIDENTE
DOÑA MARÍA JOSÉ RODRÍGUEZ DUPLA
MAGISTRADOS
DON JESÚS GARCÍA GARCÍA
DON MIGUEL ÁNGEL CALLEJO SÁNCHEZ
En la ciudad de Ávila, a 26 de Julio de dos mil doce.
Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de Procedimiento Ordinario Nº 441/2011, seguidos en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚM.1 DE AVILA, RECURSO DE APELACIÓN Nº 196/2012, entre partes, de una como recurrente la sociedad NUÑEZ JOYEROS S.L., representada por la Procuradora Dª MERCEDES RODRÍGUEZ GÓMEZ, dirigida por el Letrado
D. FRANCISCO ISAAC PÉREZ DE PABLO, y de otra como recurrida la Sociedad RELOBERT S.A.U., representada por la Procuradora Dª. YOLANDA SÁNCHEZ RODRÍGUEZ y dirigida por el Letrado D. FRANCISCO JAVIER VARA ORTÍZ DE LA TORRE.
Actúa como Ponente, el Iltmo. Sr. DON MIGUEL ÁNGEL CALLEJO SÁNCHEZ.
Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚM 1 DE AVILA, se dictó sentencia de fecha 8 de MAYO de 2012, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que estimando en parte la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Sánchez Rodríguez en nombre y representación de la entidad Relobert Sau, frente a la Sociedad Núñez Joyeros S.L., que actuó representada por la Procuradora Sra. Rodríguez Gómez, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar al actor la suma de cuarenta y un mil doscientos catorce euros con noventa céntimos de euros (41.214,9 euros), así como al pago de los intereses correspondientes en los términos recogidos en el fundamento jurídico segundo de la presente resolución, hasta el completo pago. Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".
Contra mencionada resolución interpuso la parte demandada el presente recurso de apelación, que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo, no habiéndose celebrado vista pública ni práctica de prueba, quedó el procedimiento para deliberación, votación y fallo.
En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.
Por Relobert S.A.U. se interpuso demanda de juicio ordinario contra Núñez Joyeros S.L., en reclamación de 43.338,35 #, más interés señalándose que la actora vendió a la demandada diverso material de joyería. Acompaña factura, notas de pedido y los efectos emitidos...
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ATS, 3 de Septiembre de 2013
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