SAP Ávila 169/2012, 26 de Julio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución169/2012
Fecha26 Julio 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

AVILA

SENTENCIA: 00169/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

AVILA

Este Tribunal compuesto por los Señores Magistrados que se expresan al margen, ha pronunciado

EN NO MBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A N Ú M: 169 /2012

SEÑORES DEL TRIBUNAL

ILUSTRÍSIMOS SRES.

PRESIDENTE

DOÑA MARÍA JOSÉ RODRÍGUEZ DUPLA

MAGISTRADOS

DON JESÚS GARCÍA GARCÍA

DON MIGUEL ÁNGEL CALLEJO SÁNCHEZ

En la ciudad de Ávila, a 26 de Julio de dos mil doce.

Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de Procedimiento Ordinario Nº 441/2011, seguidos en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚM.1 DE AVILA, RECURSO DE APELACIÓN Nº 196/2012, entre partes, de una como recurrente la sociedad NUÑEZ JOYEROS S.L., representada por la Procuradora Dª MERCEDES RODRÍGUEZ GÓMEZ, dirigida por el Letrado

D. FRANCISCO ISAAC PÉREZ DE PABLO, y de otra como recurrida la Sociedad RELOBERT S.A.U., representada por la Procuradora Dª. YOLANDA SÁNCHEZ RODRÍGUEZ y dirigida por el Letrado D. FRANCISCO JAVIER VARA ORTÍZ DE LA TORRE.

Actúa como Ponente, el Iltmo. Sr. DON MIGUEL ÁNGEL CALLEJO SÁNCHEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚM 1 DE AVILA, se dictó sentencia de fecha 8 de MAYO de 2012, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que estimando en parte la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Sánchez Rodríguez en nombre y representación de la entidad Relobert Sau, frente a la Sociedad Núñez Joyeros S.L., que actuó representada por la Procuradora Sra. Rodríguez Gómez, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar al actor la suma de cuarenta y un mil doscientos catorce euros con noventa céntimos de euros (41.214,9 euros), así como al pago de los intereses correspondientes en los términos recogidos en el fundamento jurídico segundo de la presente resolución, hasta el completo pago. Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Contra mencionada resolución interpuso la parte demandada el presente recurso de apelación, que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo, no habiéndose celebrado vista pública ni práctica de prueba, quedó el procedimiento para deliberación, votación y fallo.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por Relobert S.A.U. se interpuso demanda de juicio ordinario contra Núñez Joyeros S.L., en reclamación de 43.338,35 #, más interés señalándose que la actora vendió a la demandada diverso material de joyería. Acompaña factura, notas de pedido y los efectos emitidos...

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