STSJ Andalucía 1706/2012, 28 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1706/2012
Fecha28 Mayo 2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SEDE EN GRANADA

SECCIÓN TERCERA

RECURSO NÚM. 2238/2006

SENTENCIA NÚM 1706 DE 2012

Iltma. Sra. Presidenta:

Dª María Torres Donaire

Itmos. Sres. Magistrados:

D. Jorge Muñoz Cortés

Dª María del Mar Jiménez Morera

En la ciudad de Granada a veintiocho de mayo de dos mil doce.

Ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 2238/2006 seguido a instancia de Dª Adelina, representada por el Procurador D. Juan Antonio Montenegro Rubio y asistida por el Letrado D. Rafael Ferrater Clavero, siendo demandada la Consejería de Justicia y Administración Pública representada y asistida por el Letrado de la Junta de Andalucía. .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se interpuso recurso contencioso-administrativo contra la desestimación del recurso de alzada formulado contra la relación definitiva de aprobados en las pruebas selectivas de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Técnico de Grado Medio, Opción Trabajos Social, (B.2010), OEP 2003. .

Admitido el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo que ha sido aportado.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de Derecho consideró de aplicación y, terminó por suplicar a la Sala que se dictara Sentencia por la que se declare nula o anule la lista definitiva de aprobados de la presente convocatoria y declare el derecho de la actora a que se le sumen a la puntuación otorgada en las listas definitivas 9 puntos correspondientes a méritos acreditados conforme a la Base Tercera 3.1.b) y 15,85 puntos y no solo 12,10 correspondientes a los méritos acreditados conforme a la Base Tercera 3.2.c), lo ordene y acuerde cuanto más proceda en Derecho a fin de otorgársele por la Junta de Andalucía la plaza que en función de su puntuación le corresponda, con efectos desde que le debió ser otorgada, con expresa condena en costas a la Administración. .

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda el Letrado de la Junta de Andalucía se opuso a las pretensiones formuladas de contrario exponiendo cuantos hechos y fundamentos de Derecho consideró de aplicación. CUARTO.- Recibido el pleito a prueba se desarrolló el periodo probatorio con el resultado que obra en las actuaciones y tras el trámite de conclusiones cumplimentado por ambos litigantes, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalados en autos.

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, habiendo sido ponente la Iltma. Sra. Dª María del Mar Jiménez Morera, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo ha de ser parcialmente estimado, debiendo prosperar en parte el pedimento que se dirige al cómputo del trabajo desarrollado en tareas de contenido similar o equivalente a las del Cuerpo convocado, (apartado 3.1.b) de la Base Tercera), correspondiendo en cambio el rechazo de lo pedido al amparo del apartado 3.2.c) de la misma Base por no cumplirse los requisitos de acreditación al efecto exigibles.

Nos encontramos en el primer caso ante méritos que se definen mediante el uso de lo que se denomina concepto jurídico indeterminado y, al respecto, se ha de señalar que cuando la actuación administrativa se incardina en el seno de alguno de ellos, (en este caso, similitud o equivalencia de tareas), ha de ser adoptada una sola solución y esta debe acomodarse a los parámetros preestablecidos genéricamente de forma imprecisa por la norma, de modo que cabe diferenciar en este acomodo unos extremos que...

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