SAP Las Palmas 274/2012, 29 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución274/2012
Fecha29 Mayo 2012

SENTENCIA

Iltmos. Sres.

Presidente:

D. Víctor Caba Villarejo

Magistrados:

Da. Mónica García de Yzaguirre (Ponente)

D. Víctor Manuel Martín Calvo

En Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de mayo de 2012.

SENTENCIA APELADA DE FECHA: 1 de septiembre de 2010

APELANTE QUE SOLICITA LA REVOCACIÓN: D. Arsenio

VISTO, ante AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN QUINTA, el recurso de apelación admitido a la parte demandada, en los resenados autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1a Instancia núm. 12 de Las Palmas de Gran Canaria, de fecha 1 de septiembre de 2010, en autos de Juicio Ordinario 47/2009, seguido el recurso a instancia de D. Arsenio representado por la Procuradora Dna. María Jesús Sagredo Pérez, y dirigido por el Letrado D. David Acosta Aide, contra D. Braulio y la entidad aseguradora Mapfre Guanarteme S.A., representados por la Procuradora Dna. Araceli Colina Naranjo y asistida del Letrado D. Conrado González Martínez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la Sentencia apelada dice: "Que desestimando la demanda interpuesta por DON Arsenio, debo absolver y absuelvo a DON Braulio y a MAPFRE-GUANARTEME S.A. de las pretensiones contra éstos formuladas.

Que desestimando la reconvención interpuesta por don Braulio, debo absolver y absuelvo a DON Arsenio y a AXA AURORA IBÉRICA S.A. de las pretensiones contra éstos formuladas.

Cada parte afrontará el pago de las costas generadas a su instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas, que deberá previamente anunciarse ante el presente órgano judicial en el plazo de cinco días a contar desde la fecha de su notificación, previo depósito de la cantidad de 50 euros en la cuenta 3546 0000 02 0047 09.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para los autos, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo."

SEGUNDO

La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por la indicada parte de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y no habiéndose practicado prueba en esta segunda instancia prueba, se senaló para estudio votación y fallo para el día 29 de mayo de 2012. TERCERO.- Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es Ponente de la sentencia la Iltma Sra. Dna. Mónica García de Yzaguirre, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alza la representación de la parte demandante frente a la sentencia dictada en la primera instancia manifestando en primer lugar su discrepancia con el criterio del Juez a quo pues olvida un elemento objetivo que ninguno de los intervinientes ha discutido y debe ser considerado como el punto de partida, y es que el vehículo del apelante circula por una vía principal y que el vehículo del demandado reconviniente se incorpora a dicha vía principal desde una senal de stop.

Estima la parte recurrente que dicha maniobra es determinante conforme al artículo 94 del Reglamento General de Circulación que establece que ningún vehículo puede parar en una intersección ni en sus proximidades.

Destaca la parte apelante lo reconocido por la contraria en su contestación a la demanda declarando que su vehículo quedó detenido ocupando parcialmente el segundo carril de la vía principal. Por ello, habiendo aceptado de contrario la dinámica del accidente, salvo en el hecho de la causa de su detención, entiende la parte que existen elementos objetivos suficientes para la estimación de la demanda inicial del procedimiento.

Termina suplicando a la Sala que con estimación del recurso de apelación se revoque la sentencia de instancia y estimen íntegramente las pretensiones contenidas en el mismo con imposición de costas a la contraparte.

SEGUNDO

La Sala después de examinar la prueba aportada a las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Las Palmas 183/2012, 29 de Octubre de 2012
    • España
    • 29 Octubre 2012
    ...que se decretase la nulidad del juicio oral FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO Tal y como se indicaba en la Sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas de 29 de mayo de 2012 en relación con un supuesto en el que no resultó posible reproducir en apelación el soporte magnético en el que el......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR