SAP Madrid 288/2012, 29 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha29 Junio 2012
Número de resolución288/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MADRID

SENTENCIA: 00288/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION PRIMERA

Rollo número 35/2012

Diligencias Previas 3944/2011

Juzgado de Instrucción número 20 de Madrid

MAGISTRADOS

Ilmos. Señores:

Don Alejandro María Benito López

Don Luís Carlos Pelluz Robles

Doña Mari Cruz Álvaro López

SENTENCIA NÚMERO 288/2012

En Madrid, a veintinueve de junio de dos mil doce

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid, integrada por los Magistrados más arriba indicados, han visto, en juicio oral y público, la causa seguida con el número 35/2012 de rollo de Sala, correspondiente al procedimiento abreviado instruido como diligencias previas número 3944/2011 del Juzgado de Instrucción número 20 de Madrid, por un presunto delito contra la salud pública, contra Tomás, nacido en Pereira (Colombia) el día NUM000 de 1982, hijo de Alonso y María de los Santos, con pasaporte colombiano número NUM001, sin antecedentes penales, cuya situación económica no consta, preso por esta causa desde el día 9 de junio de 2011, representado por la Procuradora Doña Marta López Barreda, y defendido por la Letrada Doña Mª Teresa Gómez Mourelo. Ha intervenido el Ministerio Fiscal, representado por el Ilmo. Sr. Don Juan Benito Pérez Martínez.

Ha sido designado Ponente el Ilmo Sr. Don Luís Carlos Pelluz Robles que expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal y la defensa en sus conclusiones definitivas presentadas de común acuerdo, calificaron los hechos como constitutivos de un delito contra la salud pública del artículo 368.1 del Código Penal del que es responsable el acusado Tomás en concepto de autor, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitando se le imponga la pena de cuatro años de prisión con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 15.700 euros con arresto sustitutorio de 5 días en caso de impago; comiso de la sustancia intervenida a la que se le dará el destino legal previsto y costas.

SEGUNDO

En el acto de juicio las partes ratificaron la conformidad, que fue aceptada expresamente por el acusado.

TERERO .- En la tramitación y celebración del presente juicio se han observado las prescripciones legales exigidas al efecto.

HECHOS PROBADOS

UNICO.- Sobre las 14.00 horas del día 9 de junio del 2011 el acusado Tomás, mayor de edad en cuanto nacido en Colombia el día NUM000 de 1982 con NIE NUM002, en situación de estancia regular en territorio español y sin antecedentes penales, se personó en la estafeta de correos sita en la C/ Monte Oliveti de la Villa de Madrid en donde recogió un paquete procedente de Costa Rica, que una persona de identidad desconocida y con la cual actuaba de mutuo acuerdo le había enviado, con pleno conocimiento de la sustancia que contenía. Sustancia que una vez analizada pericialmente resultó ser cocaína con un peso neto de 540 gramos y una pureza del 59,3% y un valor en su venta al por mayor de 15.683,82 euros.

La citada sustancia pretendía ser destinada por el acusado al tráfico o donación, bien por sí mismo o en unió de persona o personas de identidad desconocida.

El acusado fue detenido por estos hechos el mismo día en que recogió el paquete, habiéndose elevado su detención aprisión a día siguiente, el 10 de junio de 2011.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los hechos relatados han resultado probados por la conformidad prestada en...

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