AAP Madrid 178/2012, 3 de Julio de 2012
Ponente | GUILLERMO RIPOLL OLAZABAL |
ECLI | ES:APM:2012:9452A |
Número de Recurso | 204/2010 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 178/2012 |
Fecha de Resolución | 3 de Julio de 2012 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 21ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 21
MADRID
AUTO: 00178/2012
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 21
18020
C/ FERRAZ, 41
Tfno.: 914933872-73-06-07 Fax: 914933874
N.I.G. 28000 1 7003377 /2010
Rollo: RECURSO DE APELACION 204 /2010
Proc. Origen: EXPEDIENTE DE DOMINIO.EXCESO DE CABIDA 878 /2007 Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 5 de VALDEMORO Ponente: ILMO.SR.DON GUILLERMO RIPOLL OLAZABAL
MC
De: Camilo
Procurador: JOSE MARIA RICO MAESO
Contra:
Procurador:
A U T O
Magistrados Ilmos. Sres.:
D. GUILLERMO RIPOLL OLAZABAL
Dª ROSA MARÍA CARRASCO LOPEZ
Dª Mª ALMUDENA CANOVAS DEL CASTILLO PASCUAL
En Madrid, a tres de julio de dos mil doce. La Sección Vigesimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto, en grado de apelación, los autos de expediente de dominio de exceso de cabida número 878/2007, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Valdemoro, como Apelante-Demandante: D. Camilo, dándole traslado al Ministerio Fiscal.
VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON GUILLERMO RIPOLL OLAZABAL.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Valdemoro, en fecha 29 de mayo de 2009, se dictó auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "No ha lugar a declarar justificado el exceso de cabida pretendido por el solicitante sobre la finca descrita en el hecho primero de esta resolución y, devuélvanse al solicitante los documentos presentados dejando testimonio suficiente en el expediente.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, del que se dio traslado al Ministerio Fiscal. Elevándose los autos junto con oficio ante esta Sección, para resolver el recurso.
Por Providencia de esta sección 5 de marzo de 2012 se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, señalándose, para deliberación, votación y fallo, el día 26 de junio de 2012
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
D. Camilo promovió expediente de dominio para hacer constar en el Registro de la
Propiedad número 2 de Parla la mayor cabida de la finca NUM000 .
La anterior finca se halla inscrita a favor del promotor del expediente por la inscripción segunda de fecha 14 de octubre de 1968, practicada en virtud de un expediente de dominio para la reanudación del tracto sucesivo interrumpido, quedando por aquella inscripción descrita la finca como tierra en Torrejón de Velasco al sitio del DIRECCION000, Polígono NUM001, Parcela NUM002, de caber una hectárea, 2 áreas y 72 centiáreas, y que linda, por el Norte, con la vereda de Illescas, Sur, Ramona ; Este, Violeta ; y oeste, Martin .
El solicitante pretende que se declare haber lugar a inscribir una mayor cabida de la finca de 9852 metros cuadrados, de modo que quedase en lo sucesivo inscrita con una extensión superficial de 20.124 metros cuadrados, equivalente a dos hectáreas, un área y 24 centiáreas, actualizándose otros datos registrales, con cancelación de...
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