AAP Granada 170/2008, 19 de Noviembre de 2008

PonenteANTONIO MOLINA GARCIA
ECLIES:APGR:2008:1078A
Número de Recurso369/2008
Número de Resolución170/2008
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 5ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA

SECCIÓN QUINTA

ROLLO Nº 369/08 - AUTOS Nº 599/06

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 13 DE GRANADA ASUNTO: JURISDICCIÓN VOLUNTARIA

PONENTE SR. D. ANTONIO MOLINA GARCÍA

A U T O N Ú M. 170

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. ANTONIO MASCARÓ LAZCANO MAGISTRADOS

D. JOSÉ MALDONADO MARTÍNEZ

D. ANTONIO MOLINA GARCÍA

En la Ciudad de Granada, a diecinueve de noviembre de dos mil ocho.

La Sección Quinta de esta Audiencia Provincial constituida con los Ilmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo nº 369/08-, los autos de Jurisdicción Voluntaria número 599/06, del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Granada, seguidos en virtud de demanda de D. Luis contra D. Gerardo y Dª Ángela, siendo parte el Ministerio Fiscal.

H E C H O S
PRIMERO

Que, por el mencionado Juzgado se dictó auto en fecha 15 de mayo de 2007, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Se nombra tutor de Gerardo a Ángela quien se hará saber el nombramiento para que sin demora comparezca en este Juzgado a fin de aceptar y jurar o prometer el cargo, darle posesión del mismo y proveerle del correspondiente título. Verificado, inscríbase la tutela en el Registro Civil de Granada remitiéndole testimonio de esta resolución en el que conste la aceptación y juramento o promesa del cargo, y requiérase al tutor para que formalice el oportuno inventario de bienes y hágasele saber que deberá rendir cuentas anuales de su gestión. Practicado el inventario se acordará lo procedente en orden a la prestación de fianza y a la fijación de retribución al tutor.".

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante; una vez elevadas las actuaciones a este Tribunal se siguió el trámite prescrito y se señaló día para la votación y fallo, con arreglo al orden establecido para estas apelaciones.

TERCERO

Que, por éste Tribunal se han observado las formalidades legales en ésta alzada. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO MOLINA GARCÍA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO UNICO.- Declarada la incapacidad del Sr. Gerardo a virtud de sentencia de 21-04-06 ; el Ministerio Fiscal instó la constitución de tutela, diferida por auto de 17-05-07 a la hermana Dª Ángela, siguiendo la prelación del art. 234 CC . Se apela esta resolución por otra hermana, aduciendo una serie de circunstancias sin contenido jurídico, pues...

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