SAP A Coruña 276/2012, 14 de Junio de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 276/2012 |
Fecha | 14 Junio 2012 |
CARBALLO 3
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 335/12
S E N T E N C I A
Nº 276/12
AUDIENCIA PROVINCIAL
Sección 4ª Civil-Mercantil
Iltmos. Sres. Magistrados:
JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
CARLOS FUENTES CANDELAS
ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNÁNDEZ
En La Coruña, a catorce de junio de dos mil doce.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 004, de la Audiencia Provincial de A CORUÑA, los Autos de JUICIO VERBAL (RECL. POSESION BIENES H.) 0000318 /2011, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de CARBALLO, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000335 /2012, en los que aparece como parte demandada apelante, DON Domingo, representado en ambas instancias por el Procurador de los tribunales, DON JOAQUIN JOSE GONZALEZ CARRERA, asistido por el Letrado D. CRISTINA REBOLLO RIVAS, y como parte demandante apelada, DOÑA Silvia, representada en 1ª instancia por el Procurador de los tribunales, Sr./a. DOMINGUEZ PALLAS y en esta alzada por la SRA. DOÑA MARÍA DE LOS ANGELES GONZÁLEZ GONZÁLEZ, asistido por el Letrado D. ENRIQUE AMADO SOLIS, sobre JUICIO POSESORIO, siendo Magistrado/a Ponente el/la Ilmo./Ilma. D./Dª CARLOS FUENTES CANDELAS.
Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 3 DE CARBALLO, de fecha 1.3.12. Su parte dispositiva literalmente dice: "Que ESTIMO TOTALMENTE la demanda promovida por el Procurador Sr. Domínguez Pallas en nombre y representación de doña Silvia, contra don Domingo, y declaro que el demandado ha realizado sin derecho ni autorización una derivación de caudal hacia una finca de su propiedad en la canalización de agua del manantial sito en la FINCA000 que suministra a la finca de doña Silvia, limitando, perturbando el suministro a la vivienda y condeno al demandado a retirar la derivación de caudal en la canalización y realizar las obras necesarias para devolver la canalización al ser y estado anterior, de forma que la actora vuelva a estar en posesión del servicio de agua en su vivienda sin limitación alguna.
Se imponen las costas procesales a la parte demandada."
Contra la referida resolución por DON Domingo, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que les fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a ponencia para resolución. fundamentos de derecho
Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada:
La demandante pidió en su demanda del Juzgado de Primera Instancia la protección sumaria de la posesión de las aguas del manantial de la FINCA000 " para su casa en Anllóns-Ponteceso, cuya posesión habría afectado su hermano demandado, que sería dueño de la finca cercana " DIRECCION000 ", pocos meses antes de la interposición de la demanda, al abrir una zanja y realizar una derivación del caudal del agua con tubería hacia su propiedad, no habiendo hecho caso de la denuncia puesta por la demandante ante la Policía Local o el Ayuntamiento por tales obras ni en el acto de conciliación celebrado sin efecto antes del inicio del presente proceso.
La sentencia de primera instancia estimó la demanda. Tras considerar los requisitos para el éxito de la acción interdictal ejercitada o de protección posesoria y el objeto de esta clase de procesos, limitado exclusivamente a la posesión material o de hecho con exclusión de las discusiones sobre el derecho de propiedad u otros, llegó a la conclusión de que las pruebas practicadas acreditaban tanto el hecho de la posesión por la demandante de las aguas como...
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