STSJ Andalucía 2589/2009, 21 de Octubre de 2009
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 2589/2009 |
Fecha | 21 Octubre 2009 |
1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
CON SEDE EN GRANADA
SALA DE LO SOCIAL
SENT. NÚM. 2589/09
M.H.
ILTMO. SR. D. ANTONIO ANGULO MARTÍN
PRESIDENTE
ILTMO. SR. D. FERNANDO OLIET PALÁ
ILTMO. SR. D. FRANCISCO JOSE VILLAR DEL MORAL
MAGISTRADOS
En la ciudad de Granada a veintiuno de Octubre de dos mil nueve
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A
En el recurso de Suplicación núm. 1950/09, interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Almería en fecha diez de Diciembre de dos mil ocho en Autos núm. 477/08, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO JOSE VILLAR DEL MORAL
En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en reclamación sobre INCAPACIDAD PERMANENTE contra Maximo y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha diez de Diciembre de dos mil nueve, por la que se declaro al recurrido en situación de incapacidad permanente absoluta derivada de accidente de trabajo y en consecuencia se condenó al organismo recurrente INSS a abonarle una pensión mensual y vitalicia del 100% de su base reguladora de 1.126,45 euros, más los incrementos legales y con fecha de efectos desde el 9/03/08.
En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:
Tramitado expediente administrativo para la determinación, en su caso, de la invalidez del actor, D. Maximo, nacido el 17/11/43, con DNI Nº NUM000, afiliado a la Seguridad Social con el Nº NUM001, cuya profesión habitual es la de celador hospitalario, el Equipo de Valoración de Incapacidades, tras el oportuno reconocimiento médico e informe de síntesis, formuló propuesta en fecha 23/05/00 y la Dirección Provincial del INSS dictó Resolución declarando al actor en situación de incapacidad permanente total
cualificada para su profesión habitual, con derecho a percibir una pensión del 75% de su base reguladora por padecer capsulitis retractil de la articulación glenohumeral izquierda secundaria a traumatismo, hombro derecho doloroso, abducción 35º, rotación interna 30º, rotación externa 15º y antepulsión 501.
Disconforme, el demandante interpuso reclamación previa y posterior demanda en solicitud de prestación de incapacidad permanente absoluta que fue turnada al Juzgado de lo Social Nº 2 de esta ciudad, en el que se siguieron los Autos Nº 928/02 y se dictó sentencia el 24/02/04 desestimando su pretensión. Esta sentencia fue recurrida en suplicación y confirmada por el TSJA.
El actor solicitó la revisión del grado de incapacidad que le fue concedido y, tras serle denegada por el INSS, interpuso demanda que fue turnada al Juzgado de lo Social Nº 2 en el que se tramitaron los Autos Nº 971/04 y se dictó sentencia desestimatoria de su pretensión en fecha 24/03/06. Esta sentencia también fue recurrida en suplicación y confirmada por el TSJA.
Tramitado nuevo expediente administrativo para la determinación, en su caso, de la invalidez del actor, el Equipo de Valoración de Incapacidades, tras el oportuno reconocimiento médico e informe de síntesis, formuló propuesta en fecha 07/03/08 y la Dirección Provincial del INSS dictó Resolución...
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ATS, 9 de Junio de 2010
...del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada de fecha 21 de octubre de 2009, en el recurso de suplicación número 1950/2009, interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 4 de los de Almería de fe......