STSJ Comunidad de Madrid 176/2012, 22 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución176/2012
Fecha22 Febrero 2012

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Quinta

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009710

NIG: 28.079.33.3-2010/0150042

Procedimiento Ordinario 245/2010

Demandante: LIDERCAR DOS MIL,S.A

PROCURADOR D./Dña. RODRIGO PASCUAL PEÑA

Demandado: Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid. Ministerio de Economía y Hacienda

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE

MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN QUINTA

SENTENCIA 176

RECURSO NÚM.: 245-2010

PROCURADOR D./DÑA.: RODRIGO PASCUAL PEÑA

Ilmos. Sres.:

Presidente

D. José Alberto Gallego Laguna

Magistrados

D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo

Dña. Maria Rosario Ornosa Fernández

Dña. Maria Antonia de la Peña Elias

D. Francisco Javier González Gragera

--------------------------------------------------------- En la Villa de Madrid a 22 de Febrero de 2012

Visto por la Sala del margen el recurso núm. 245-2010 interpuesto por LIDERCAR DOS MIL S.A. representado por el procurador D. RODRIGO PASCUAL PEÑA contra fallo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 23.11.2009 reclamación nº 28/13411/2006 interpuesta por el concepto de IVA habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

Se dio traslado al Abogado del Estado, para contestación de la demanda y alegó a su derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

Estimándose necesario el recibimiento a prueba y una vez practicadas las mismas, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día 21-2-2012 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Alberto Gallego Laguna.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este recurso contencioso administrativo la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid el día 23 de noviembre de 2009 en la que acuerda desestimar la reclamación económico administrativa número 28/13411/06, interpuesta contra acuerdo de la unidad Regional de Gestión de Grandes Empresas de la Delegación Especial de Madrid de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de fecha 3 de julio de 2006, de liquidación provisional, relativa al Impuesto sobre el Valor Añadido, periodo 01 del ejercicio de 2006, del que resulta un importe a devolver de 81.920,00 # y una cantidad a compensar de 46.997,45 #.

SEGUNDO

La recurrente solicita en su demanda que se anule la resolución recurrida y la liquidación provisional de la que trae causa, alegando, en resumen, como fundamento de su pretensión, la vulneración del art. 25 de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido, porque la liquidación correspondiente al periodo 01 de 2006 trae su causa del acuerdo de liquidación del mismo Impuesto correspondiente al ejercicio de 2003 dictado el 15 de diciembre de 2005, frente al que interpuso reclamación económico administrativa dictándose resolución por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid el 23 de noviembre de 2009 desestimatoria de la...

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